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El Supremo anula los cambios de jornada unilaterales por Alcampo en Madrid

El Alto Tribunal afirma que la empresa se excedió al aplicar la reforma laboral La sentencia, sin embargo, no tendrá pleno efecto por el nuevo convenio del sector

Línea de conservas vegetales, en un Alcamapo de Madrid.
Línea de conservas vegetales, en un Alcamapo de Madrid.SAMUEL SÁNCHEZ

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado un recurso de casación interpuesto por UGT y ha declarado la nulidad de las medidas de modificación "sustancial" de las condiciones laborales de los empleados de Alcampo en la región. La empresa reorganizó los recursos humanos para abrir al público domingos y festivos, una vez aprobada la Ley de Dinamización de la Actividad Comercial de la Comunidad de Madrid, pero se excedió de lo permitido en la norma.

Así, según la sentencia, fechada a 11 de diciembre de 2013, la decisión de la empresa no tiene encaje en los supuestos del artículo 41.2 del Estatuto de los Trabajadores en la redacción dada al mismo por la reforma laboral, sino que "excede con mucho de lo permitido" por dicho artículo, que únicamente autoriza modificaciones de jornada de trabajo que afecten a la condiciones reconocidas a los trabajadores en el contrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o una decisión empresarial unilateral del empresario de efectos colectivos, "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción".

Así, el Alto Tribunal señala que debió haberse seguido el procedimiento del artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, ya que el conjunto de medidas conlleva la modificación de las condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo, lo que únicamente puede llevarse a cabo mediante la adopción consensuada de dichas medidas y, de no haber acuerdo, como en este caso, por acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio y en su defecto a través del artículo 83.

Entre las medidas, que afectan a 3.500 trabajadores, se encuentra la modificación de la distribución de la jornada laboral para todos los empleados, pasando a ser de lunes a domingo, independientemente de lo que diga el contrato. El Supremo va más allá de la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 13 de noviembre de 2012, que declaró "injustificada" la modificación de las condiciones.

La portavoz de UGT en Alcampo, Almudena González, ha solicitado a la empresa que aplique ya la sentencia y "devuelva a los trabajadores a sus condiciones anteriores", aunque, según ha explicado, dado que el convenio colectivo de Grandes Almacenes fue modificado con posterioridad contemplando la distribución de la jornada de lunes a domingo, los fines de semana no se van a poder recuperar.

Así, con esta sentencia van a intentar recuperar las condiciones anteriores a julio de 2012, cuando la empresa comenzó a aplicar las medidas de modificación, que no hayan resultado afectadas por la modificación del convenio, como la recuperación de las jornadas fijas de mañana o de tarde y de las condiciones del departamento de cajas.

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