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Un juzgado de Madrid declara que el IRPH es una cláusula hipotecaria abusiva

La sentencia paraliza la ejecución de una vivienda por las condiciones del contrato El Gobierno acaba de poner en marcha un sustituto para el controvertido indicador

Álvaro Romero

Un juzgado de primera instancia de Collado Villalba ha suspendido la ejecución de una vivienda por impago de la hipoteca al considerar que el contrato del préstamo tenía cláusulas abusivas. Entre estas condiciones lesivas para el hipotecado el tribunal incluye el IRPH, el índice al que estaba referenciado el crédito, y que la sentencia también considera abusivo. Es el primer fallo judicial en este sentido, según destaca la asociación de afectados por el IRPH.

"Establecer el IRPH como índice en sustitución del euríbor resulta más perjudicial para el prestatario, lo que da lugar a declarar dicho índice como abusivo", señala la sentencia, fechada el pasado 5 de septiembre. A diferencia del euríbor, que ha llegado a situarse por debajo del precio oficial del dinero (0,50%) en los últimos meses, el IRPH no ha llegado a bajar del 3%. Esto ha dejado a un buen número de familias —se calcula que más de un millón— sin poder beneficiarse de la caída a mínimos en los tipos de interés oficiales.

Junto al IRPH, el juez señala que el principal elemento para anular la ejecución es que la hipoteca contaba con cláusula suelo y un límite por debajo en el interés a pagar del 5,50%. Para ello, argumenta la sentencia del Supremo, que anulaba estas cláusulas en caso de mala información o comercialización.

Otras condiciones que para el juez son abusivas son los intereses de demora del 20% y la imposición al hipotecado de los gastos procesales por incumplimiento de las obligaciones del contrato. También, que la entidad que concedió el préstamo, en este caso una caja, pueda declarar de forma unilateral el vencimiento anticipado de la hipoteca por el impago de una sola cuota. "A la vista de las numerosas cláusulas abusivas", afirma la sentencia, "debe acordarse la improcedencia de la presente ejecución y, por tanto, el sobreseimiento de la misma".

Desde la agrupación de afectados por el IRPH han celebrado la decisión del juez. "Lo que no tenemos de los políticos, lo obtenemos de los jueces", han señalado. La sentencia se ha publicado apenas unos días después de que el Congreso aprobase la pasada semana al sustituto del IRPH, tanto el de las cajas como el de bancos o el de la CECA. Este nuevo índice equivale al tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda concedidos por entidades de crédito en España.

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Sobre la firma

Álvaro Romero
Redactor del equipo de Redes Sociales y Desarrollo de Audiencias en EL PAÍS. Es licenciado en periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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