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Las empresas apuran el plazo para prejubilar antes de la reforma

Las empresas tienen hasta el 15 de abril para registrar sus expedientes bajo la ley antigua

Varias empresas que tienen previsto recortar sus plantillas mediante expedientes de regulación de empleo (ERE) han acelerado las negociaciones en los últimos días para sortear la aplicación de la última reforma de las jubilaciones anticipada y parcial, que endurece el retiro antes de tiempo y conduce a pensiones más bajas.

Fuentes sindicales confirmaron ayer que Gamesa y FCC han pactado prejubilaciones en las que se aplicará la normativa anterior, más beneficioso para los trabajadores (e indirectamente para las empresas, que tienen que pagar indemnizaciones más bajas). La semana pasada fueron filiales españolas de multinacionales como ArcelorMittal o Gerdau, o entidades financieras, como Caixabank o Ibercaja las que anunciaron pactos en el mismo sentido. Tampoco se verán afectados por la reforma los prejubilados del Santander, Bankia o Iberia.

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El real decreto que desarrolla la reforma de las prejubilaciones entró en vigor ayer, con lo que los acuerdos entre empresas y sindicatos firmados antes del 1 de abril sortean su aplicación. Para que esto ocurra, esos acuerdos deben registrarse antes del 15 de abril, por lo que el goteo de anuncios de pacto puede continuar en los próximos días. Además, en los pactos se puede prever que las prejubilaciones que se aprueben hasta 2019 eviten también la reforma.

Condiciones más duras

En el caso de las pensiones anticipadas, la reforma que entra ahora en vigor, y sortean estas empresas, eleva la edad mínima de acceso de forma gradual de los 61 a los 63 años, salvo que se haya cotizado al menos 38 años y medio, en cuyo caso se mantiene la opción de retiro a los 61 años. Además, se eleva de 30 a 33 años el periodo mínimo de cotización para poder jubilarse de forma anticipada. Y se endurecen los coeficientes reductores de la pensión por cada trimestre que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación.

En la jubilación parcial, se eleva también la edad de acceso hasta llegar a los 63 años (con un mínimo de 36 años y medio cotizados), que se retrasa a los 65 años si se cuenta con 33 años cotizados. La jornada de trabajo del jubilado tendrá que ser mayor que antes (entre el 50% y el 75%), también en el caso de que haya un contrato de relevo (el 25%, frente al 15% anterior).

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