_
_
_
_
_

La Audiencia archiva el proceso contra Botín por fraude fiscal

La defensa había pedido el sobreseimiento del proceso contra el presidente del Banco Santander "por irregularidades"

La Audiencia Nacional ha decidido archivar la causa pendiente contra el presidente del banco Santander, Emilio Botín, por el llamado Caso de las cesiones de crédito, por el que el directivo, otros tres ejecutivos del banco y veinte clientes estaban acusados de fraude fiscal. Al parecer, el ministerio fiscal ha aceptado los argumentos de la defensa, que pedía el sobreseimiento del juicio "por irregularidades en el proceso".

Más información
El Fiscal pide el sobreseimiento de la causa en el juicio contra Botín

En el banquillo de los acusados se sentaron por este caso, entre otros, el presidente del Banco Santander, Emilio Botín y varios antiguos directivos de la entidad, como Rodrigo Echenique, José Ignacio Uclés y Ricardo Alonso Clavel, acusados de presuntos delitos de falsedad y contra la Hacienda Pública.

Ni el fiscal ni la abogacía del Estado solicitaron pena alguna, pero la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes (ADIC) pidió 180 años de prisión y multas que sumaban 46 millones de euros para Botín y otros tres altos cargos del Santander en 1989, por su presunta participación en 36 delitos fiscales y cuatro delitos continuados de falsedad documental, presuntamente cometidos en los ejercicios de 1988 y 1989.

Pero, finalmente, después de 12 años de procedimiento, el presidente de la entidad, Emilio Botín no tendrá que comparecer en el juicio oral. Tal y como ha argumentado el fiscal, Vicente González Mota, sólo se puede celebrar juicio oral contra un acusado cuando el fiscal y la acusación particular, es decir, los perjudicados, así lo solicitan, lo que no ha ocurrido en este caso. Por ello, la Audiencia ha resuelto que la acusación encabezada por la ADIC carece de legitimidad.

Irregularidades del proceso

La decisión de la Audiencia Nacional indica que si se permite una acusación, aunque sea en solitario la popular, "esto equivaldría a permitir que cualquier ciudadano no perjudicado u ofendido por el delito pueda, por su sola voluntad, actuar incluso en contra de los intereses del perjudicado u ofendido por el hecho ilícito y en contra del criterio del fiscal" que defiende el interés público.

Así, el Ministerio Público ha declarado que no se puede celebrar juicio contra Botín y el resto de los acusados porque, en su opinión, se ha vulnerado su derecho a un juicio justo y con todas las garantías.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_