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La justicia europea decidirá el 13 de julio la multa a España por los estibadores

España cambió la ley en mayo pero tiene pendiente una sanción por no haber acatado la sentencia de 2014 que exigía modificaciones

Grúas para descargar barcos en el puerto de Sevilla
Grúas para descargar barcos en el puerto de SevillaPACO PUENTES

España cambió en mayo la ley que regula el sector de los estibadores. Ha liberalizado el sector, tal y como pedía la Unión Europea, y las empresas ya no están obligadas a pertenecer a unas sociedades especiales y a contratar ahí sus estibadores, lo que generaba barreras de entradas que vulneraban la normativa de competencia y creaban un monopolio. Sin embargo, la sentencia europea que exigía la reforma era del 11 de diciembre de 2014. Y hasta que se cumplió, en mayo, España fue acumulando una multa de 27.522 euros al día. ¿Deberá España desembolsar esa sanción, que se eleva en total a cerca de 24 millones? ¿La reforma es suficientemente ambiciosa como para desactivar definitivamente las sanciones? El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia al respecto el próximo 13 de julio. 

La justicia europea suele publicar su calendario de sentencias previstas pocos días antes de publicarlas. Sin embargo, esta vez ha optado por advertirlo antes. "Ante el interés que suscita este asunto, hemos decidido comunicarles su introducción en el calendario antes de su inclusión en la agenda semanal correspondiente", señala.

El Tribunal ya dictó sentencia en diciembre 2014 sobre la normativa española del sector de la estiba. Falló en su contra y obligó a cambiarla. Hasta que la sentencia se cumpliera, España estaba condenada al pago de una cantidad a tanto alzado de 27.522 euros por cada día en que hubiera persistido la infracción, "desde la fecha en que se dictó la sentencia en el asunto C-576/13 hasta la fecha en que España haya adoptado, en su caso, las medidas necesarias para la ejecución a dicha sentencia". España no cumplió hasta mayo, y de este modo, ha acumulado una multa de cerca de 24 millones de euros.

Pero, además, el Tribunal de Justicia, ante la inacción de España, debía juzgar el doble incumplimiento. Es decir: subirle esa sanción a 134.107,2 euros diarios por tener una ley monopolista y, además, no cumplir la sentencia europea.

Esta multa y su elevación es precisamente lo que el Gobierno esgrimió ante la oposición a la hora de reformar la normativa para exigir celeridad en el pacto que debía permitir sacar adelante el decreto ley de reforma del sector. El Ministerio de Fomento presentó un primer proyecto en febrero, pero el Congreso lo rechazó en marzo. El pasado mes de mayo, sin embargo, con algunos retoques sí logró sacarlo adelante, gracias al apoyo de Ciudadanos y PNV y la abstención del PDeCAT.

Teóricamente la reforma de la estiba tiene el visto bueno de la Comisión Europea, por lo que haberse aprobado antes de la segunda sentencia, sobre el doble incumplimiento, es probable que la elevación de la sanción no se produzca. La incógnita es si España deberá abonar la multa que sí ha acumulado por no haber acatada la sentencia desde 2014, de unos 24 millones. El Gobierno aspiraba a que la Comisión Europea perdonara la cantidad, dado que sí ha conseguido sacar adelante el cambio legislativo

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