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Si te vas a casar, planifica tus finanzas. ¿Cuenta conjunta?¿Separación de bienes?

El régimen matrimonial a adoptar o la gestión de las cuentas bancarias son cuestiones poco abordadas pero importantes antes de pronunciar el ‘sí, quiero’

Gettyimages

Si te casas este verano, es más que probable que ya hayas enviado las invitaciones, tengas el restaurante reservado y el traje casi listo. Todo preparado para la boda. ¿También las finanzas?¿Has planificado si vas a hacer cambios en la manera de gestionar las cuentas, el dinero o los seguros tras el enlace? “La clave de éxito para cualquier relación es la comunicación abierta y honesta y el respeto mutuo”, señala la página web Finanzas para todos, elaborada por la CNMV y el Banco de España. Muchas parejas, sin embargo, “evitan hablar francamente de dinero porque, por desgracia, les parece que implica una falta de afecto”. Casarse implica cambiar el estado civil y, a ojos de la administración, supone una serie de posibles obligaciones económicas que es importante conocer antes de firmar los papeles. Para evitar problemas extra, es mejor tener clara la letra pequeña que conlleva el compromiso, ya que “los problemas económicos están entre las principales causas de separación y divorcio”.

Para evitar que las cuestiones de finanzas del hogar le lleven a este extremo, según Rebeca Vázquez, experta fiscal del comparador bancario iAhorro, “es muy aconsejable que la pareja antes de casarse aclare su situación financiera”. Una vez los futuros cónyuges hayan revisado las cuentas de ambos y hayan eliminado las deudas pendientes “para no cargar a su pareja con ello”, ¿cuáles son los consejos para hacer más llevadera la rutina financiera del matrimonio?

Régimen de gananciales: ¿quieres mi deuda?

En España existen tres tipos de reglas económicas que rigen la pareja tras haber estipulado un matrimonio. El más habitual, el que se da por defecto –aunque en Aragón, Cataluña, Baleares, Navarra y País Vasco el derecho foral pueda establecer otras normas– es el régimen de gananciales, en el que los ingresos de ambos se ponen en común y se dividirán por la mitad en caso de disolución del vínculo. “Cuando uno de los cónyuges no trabaja o tiene un sueldo muy bajo, este régimen es el mejor porque protege al más débil”, argumenta Vázquez.

La desventaja del régimen de gananciales es que lo que haga uno de los dos tiene consecuencias en el patrimonio, que es de ambos. Esta situación es especialmente evidente cuando uno de los cónyuges tiene alguna actividad económica como autónomo y, por esta razón, está llamado a hacer frente a sus deudas con todos sus bienes. “Esto quiere decir que los bienes comunes del matrimonio quedarán obligados, y por tanto responderán de esas deudas, porque en la sociedad de gananciales se presume que existe el consentimiento de la pareja si ésta no se opone expresamente a ello”, explica la experta fiscal.

Separación de bienes: a cada uno lo suyo, o casi

En el régimen de separación de bienes, por el contrario, cada cónyuge conserva la propiedad, administración y gestión de los propios bienes. Si la pareja terminara mal, la separación resultaría más fácil porque los excónyuges solo tendrían que dividir lo que han adquirido juntos mientras duró su matrimonio. “Se lo aconsejo a quienes ejercen una profesión libre, porque este régimen asegurará al otro que no se le van a embargar los bienes que estén puestos a su nombre por deudas de su pareja”, recalca Vázquez.

De todas formas, al decantarse por este régimen, la pareja deberá entender, en palabras de la experta fiscal, que si los dos han adquirido propiedades con el dinero de ambos, pero éstas figuran a nombre de uno solo, en caso de disolución del matrimonio el titular podrá quedarse con todo, si el juez no establece lo contrario. “No existe una obligación legal de informar al otro cónyuge de todos los movimientos económicos que se hagan”.

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El último país que decidió sumarse a los Estados que ya aplican el régimen de separación de bienes por defecto ha sido Holanda, el mes pasado.

Régimen de participación: muy complejo

Se podría decir que es una mezcla de los dos anteriores. Cada uno de los cónyuges puede participar en las ganancias del otro de tal forma que, mientras el matrimonio esté vigente, existirá una comunidad de bienes, pero cuando éste se acabe, cada uno recibirá su cuota de patrimonio. “Se trata de uno de los regímenes más justos”, opina Vázquez, “pero el menos utilizado por su gran complejidad, ya que exige un esfuerzo contable importante para que al momento de la liquidación no surjan problemas al determinar el patrimonio inicial de cada uno, y seguir la evolución de los bienes propiedad de cada esposo”.

La cuenta común, para el hogar

Si cada miembro del matrimonio quiere mantener su independencia financiera y controlar sus gastos o si tiene algún problema financiero anterior, lo mejor es guardar los ahorros en cuentas separadas. Cuando uno de los dos no trabaja o tiene un sueldo muy bajo, en opinión de Vázquez, será mejor una cuenta conjunta, para disponer del dinero en cualquier momento.

“Lo más aconsejable es la combinación de ambas, de manera que se usa una cuenta conjunta para los gastos del hogar y todas las domiciliaciones, manteniendo por otro lado los ingresos de cada cónyuge en cuentas distintas”, añade.

Tarjetas, las justas

“Si no tienes una serie de recibos domiciliados o incluso nóminas, el banco te carga en la cuenta el mantenimiento de la tarjeta”, afirma Vázquez. Por lo que, en su opinión, “en un matrimonio no debería haber muchas tarjetas”, por los gastos que puedan generar. Se dan casos de entidades que no obligan a ingresar la nómina en su cuenta y al mismo tiempo no cobran comisiones, pero en muchos casos estas ventajas se verán compensadas por otras condiciones. “En conclusión, tendría las menos posibles”, zanja Vázquez.

Declaración de renta conjunta, en pocos casos

Cuánto más escasos sean los ingresos de uno de los cónyuges, más conveniente se antojará presentar su renta a Hacienda conjuntamente a la del otro, ya que por encima de 3.400 euros anuales de rendimientos netos del trabajo –la diferencia entre ingresos brutos y gastos deducibles– se perdería el efecto positivo de la reducción prevista para este tipo de declaración, según coinciden los expertos en este ámbito. La recomendación de Vázquez es utilizar alguno de los simuladores a disposición del contribuyente para saber cuál es la opción que mejor se adapta a cada caso concreto.

Inversiones, mejor con ahorros

Por lo general, los experto de Finanzas para todos aconsejan ahorrar para cualquier tipo de adquisiciones que la pareja se plantee, aunque admitan excepciones para vivienda y otros inmuebles, reformas de la vivienda, empezar un negocio, la educación (propia y de los hijos) y el coche. En estos casos, “la financiación ajena sí puede ser recomendable”, aunque, “antes de contratar un préstamo personal, es importantísimo calcular bien la cuota a pagar y asegurarse de que encaja en su presupuesto sin causar dificultades”.

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