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ArcelorMittal gana un pulso de 73 millones a Hacienda

La Audiencia da la razón al grupo industrial en el contencioso por la exención por doble imposición de dividendos de filiales brasileñas

J. S. G.

El conglomerado industrial ArcelorMittal ha ganado una batalla a la Agencia Tributaria por la que se libra de pagar los más de 73 millones de euros que Hacienda le reclamaba por discrepancias en el impuesto sobre sociedades de los años 2005, 2006, 2007 y 2008. La Audiencia Nacional ha estimado el recurso del primer grupo siderúrgico mundial contra una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) que le obligaba a abonar al fisco los 73 millones de euros.

La factoría de Arcelor en Sestao
La factoría de Arcelor en Sestao L. RICO (EL PAÍS)

La sentencia, con fecha del pasado 16 de marzo, explica que el contencioso se produjo por la discrepancia entre la delegación central de grandes contribuyentes de la Agencia Tributaria y la empresa a cuenta de la aplicación de la exención por doble imposición de los intereses sobre el capital propio satisfechos por sociedades brasileñas a filiales españolas integradas en el grupo fiscal. La empresa, a instancias de este periódico, ha declinado comentar la sentencia

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La inspección arranca en 2010 y se prolonga durante dos años. En julio de 2012 se abre un acta de disconformidad porque la empresa no está de acuerdo con el ajuste al alza de las bases imponibles propuestas por los inspectores de Hacienda al impuesto de sociedades de los años 2005, 2006, 2007 y 2008. Como consecuencia de dicho ajuste se produce una cuantía a pagar por parte de ArcelorMittal de 73.127.305,31 euros.

Filiales brasileñas

La discrepancia entre la Administración pública y la empresa desembocó en el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que en noviembre de 2014, dictó una resolución en contra de Arcelor Spain Holding, del que cuelgan varias filiales españolas. La compañía, que cuenta con 12 plantas en España, entre las que destacan las factorías de Asturias y País Vasco, impugnó dicha resolución.

La sentencia describe los hechos: "Entre 2005 y 2008 la sociedad dominante Arcelor Spain Holding y la dependiente AM Brasil participaban en porcentajes superiores al 5% en diversas sociedades domiciliadas fiscalmente en Brasil". Y continúa: "Ambas sociedades percibieron dos tipos de rendimientos: dividendos e 'intereses remuneradores de capital propio' (juros), aplicando en sus declaraciones del impuesto de sociedades de 2005 a 2008 la exención por doble imposición de dividendos".

Las bases imponibles de ambas sociedades, la española y la brasileña, se incorporan para la determinación de la determinación de la base del grupo fiscal consolidada del grupo. La gran discrepancia está en dilucidar si los juros son intereses o dividendos. La empresa justifica que son dividendos y por tanto hay que aplicar la exención por doble imposición.

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Sobre la firma

J. S. G.
Redactor jefe de Economía y Negocios en EL PAÍS. Estudió Económicas y trabajó cinco años como auditor. Ha cubierto la crisis financiera, contado las consecuencias del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, el rescate a España y las reformas de las políticas públicas de la última década. Ha cursado el programa de desarrollo directivo (PDD) del IESE.

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