_
_
_
_
_

El Supremo confirma la sanción de tres millones por el caso de las cuentas de Jersey del BBV

Los hechos ocurrieron entre 1996 y 2000, antes de la fusión, por ocultación de patrimonio en paraísos fiscales

Íñigo de Barrón
El ex presidente del BBVA, Emilio Ybarra, en la Audiencia Nacional, en junio de 2002. / GORKA LEJARCEGI
El ex presidente del BBVA, Emilio Ybarra, en la Audiencia Nacional, en junio de 2002. / GORKA LEJARCEGI

Después de muchos recursos, el BBVA acaba con uno de sus capítulos más sangrantes, que se conoció en 2001 y acabó con la copresidencia de Emilio Ybarra, la salida de Pedro Luis Uriarte, consejero delegado, y todos los consejeros del BBV. A partir de ahí, se inició la presidencia única de Francisco González en el BBVA, procedente de Argentaria, que denunció los hechos. El copresidente, Emilio Ybarra, dimitió el 15 de diciembre de 2001, y el 15 de marzo de 2002 el Banco de España abrió expediente al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) por ocultar durante trece años una cuenta en el paraíso fiscal de Jersey.

La Sala III del Tribunal Supremo ha confirmado este martes dos sanciones al BBVA impuestas en el año 2008 por el Ministerio de Economía, derivadas de sendos expedientes del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por tres millones. La causa es la infracción en relación con un patrimonio de 37.343 millones de pesetas (224,4 millones de euros) no registrado contablemente y que, según el informe del Banco de España sobre los hechos, fue gestionado en dos estructuras off-shore en Jersey y Liechtenstein. Este dinero se originó con la compra de algunas participaciones bancarias que el BBV acumuló en estos paraísos, con la posibilidad de defenderse o tomar ventaja en posibles opas. Con estas inversiones lograron importantes plusvalías. Parte de este dinero se destinó para complementar los fondos de pensiones de los directivos del BBV que, tras la fusión con Argentaria, iba a cobrar menores importes. Se firmaron 22 fondos de pensiones por valor de 19.244.187 dólares, de los cuales 2.982.558 dólares correspondían al propio Ybarra.

Según informó hoy el Supremo, la multa relativa a la actuación de la CNMV fue de dos millones y se impuso por la comisión de una infracción muy grave, por la remisión, entre los ejercicios 1996 a 2000, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores de información de carácter financiero y contable (cuentas anuales, información pública periódica -trimestral y semestral- y folletos explicativos conteniendo datos inexactos, no veraces y con omisión de aspectos relevantes), en relación con un patrimonio final por importe de 37.343 millones de pesetas no registrado contablemente.

En cuanto a la multa impuesta por el Consejo de Gobierno del Banco de España, fue de un millón de euros por la infracción consistente en el "incumplimiento de las normas vigentes sobre contabilización de operaciones y sobre formulación de balances, cuentas de pérdidas y ganancias y estados financieros de obligatoria comunicación al órgano administrativo competente".

El Supremo ha rechazado los recursos planteados por BBVA contra las sentencias de la Audiencia Nacional de 2014 que confirmaron las dos sanciones impuestas. El banco alegaba, entre otros argumentos, que la tramitación conjunta de dos procedimientos sancionadores por idénticos hechos -la omisión contable- determinaban la infracción del artículo 25 de la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El responsable, el BBVA

Sin embargo, el Alto Tribunal no aprecia vulneración del principio `non bis in idem'. Explica que, en el expediente de la CNMV, se imputa la infracción al BBVA como sociedad cotizada por la remisión a la Comisión de información contable con inexactitudes relevantes o la omisión de aspectos o datos relevantes. El bien jurídico que se protege se refiere a la correcta formación de los precios en el mercado, la integridad, la transparencia y la eficiencia de los mercados que exige el respeto del principio de integridad contable básica y la protección de los inversores, cuya conculcación es potencialmente lesiva de los intereses de estos, así como del sistema financiero en general.

Por su parte, en el precepto aplicado por el Banco de España la norma sanciona la conducta del BBVA como entidad de crédito, que exige la remisión a la autoridad supervisora de la completa información sobre la situación de la entidad financiera, su evolución y el conocimiento de las operaciones que incrementan los riesgos de insolvencia o falta de liquidez, todo ello con la finalidad de evitar riesgos de insolvencia o iliquidez de la entidad, la protección del sistema bancario y los perjuicios para los depositantes.

Los magistrados explican que la sanción "es proporcionada a la gravedad de la infracción sin que a ello obsten las alegaciones del recurrente en su recurso. La ausencia de ganancias y perjuicios económicos como consecuencia de los actos u omisiones constitutivos de la infracción constituyen criterios que en el caso que ahora examinamos no vienen necesariamente a minorar la responsabilidad".

Y añaden que "la subsanación de la infracción por propia iniciativa, sí es contemplada por la Ley y en la resolución como atenuante de la responsabilidad, siendo así que su aplicación se sustenta en los hechos probados y en que fueron los propios administradores del BBVA quienes descubrieron las omisiones contables ante los órganos competentes".

También consideran que "el hecho de que la entidad financiera tuviera una relevante importancia dentro del sistema financiero español sí constituye una circunstancia que agrava la responsabilidad dado su gran tamaño cuando de los hechos y las conductas contrarias a las normas contables son aplicables a todas las entidades de crédito. Y en nada implica una doble aplicación de la circunstancia relativa a la naturaleza de la entidad, en su consideración en la tipificación de la infracción como grave".

La agenda de Cinco Días

Las citas económicas más importantes del día, con las claves y el contexto para entender su alcance.
RECÍBELO EN TU CORREO

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_