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El codirector de Novacaixagalicia, condenado a devolver su prejubilación

García de Paredes, absuelto por la Audiencia Nacional, tendrá que reintegrar 5,5 millones al considerar nulo un juzgado de lo social el contrato de indemnización

Javier García de Paredes (centro) junto a Gayoso y José Luis Pego.
Javier García de Paredes (centro) junto a Gayoso y José Luis Pego.ANXO IGLESIAS

El exdirector general adjunto de Novacaixagalicia Javier García de Paredes, absuelto por la Audiencia Nacional del delito de administración desleal en el juicio que acabó con la entrada en prisión de otros cinco exdirectivos de esta entidad por las prejubilaciones millonarias que percibieron en plena crisis, ha sido condenado ahora por el Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña a reintegrar a la entidad 5.580.000 por la indemnización que cobró a su salida de la empresa.

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La juez ha estimado la demanda presentada por el FROB y la actual Abanca contra García de Paredes y su esposa y acepta la nulidad del contrato de alta dirección que, sostiene, “nace viciado” por haber sido aprobado por el consejo de administración de la entidad “sin tener un pleno y cabal consentimiento de su contenido”.

El exdirectivo fue demandado por el FROB alegando la nulidad del contrato tras haber sido absuelto por la Audiencia Nacional en el juicio celebrado en 2015 contra la cúpula directiva de la entidad y que culminó con penas de dos años de cárcel para los exdirectivos José Luis Pego, Óscar Rodríguez Estrada y Gregorio Gorriarán así como del abogado Ricardo Pradas y el expresidente Julio Fernández Gayoso. La absolución de García de Paredes se produjo al retirar la Fiscalía su acusación en la fase de informes cuando se ofreció a reintegrar la cantidad cobrada. En aquel juicio quedó probado que los directivos habían cobrado conjuntamente indemnizaciones por importe de 18,9 millones de euros de los que quedaban obligados a devolver cerca de 14.

En la vista celebrada en diciembre de 2016 en el Juzgado de lo Social de A Coruña para evaluar si la prejubilación percibida por García de Paredes era o no legal, este volvió a reiterar su oferta de reintegrar “en torno a cuatro millones de euros”. Su defensa mantuvo que el acusado no había intervenido en la confección del contrato de alta dirección ni en la redacción de su carta de salida de la entidad como tampoco en la liquidación que firmó en su momento.

La resolución del juzgado coruñés considera no obstante “palmarias” tanto la “falsedad de la causa del contrato” como el “dolo y el error" en el que incurrieron la Comisión de Retribuciones y Nombramientos y el Consejo de Administración de NovacaixaGalicia que confiaron en que el contrato de García de Paredes estaba firmado desde el 30 de diciembre de 2010. La sentencia da por probado que se sustituyeron dos hojas de ese documento y que no se informó de ese cambio.

Advierte además la juez de que ni siquiera se pudieron calibrar las consecuencias de la prejubilación del ex director general adjunto toda vez que los gestores, “incumpliendo las obligaciones normativas interpuestas, no proporcionaron una información clara, comprensiva y completa sobre su naturaleza y sobre sus características”.

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