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Instituciones Penitenciarias estudiará en dos meses si concede el tercer grado a los exdirectivos de NCG

La restitución del dinero será uno de los requisitos para la obtención del régimen abierto

Los cuatro altos cargos de Novacaixagalicia (NCG) y un asesor jurídico de la entidad, detenidos hace diez días para cumplir una condena de dos años por el cobro indebido de casi 22 millones de euros, podrían obtener el tercer grado a partir de finales de marzo. En esta fecha, la junta de tratamiento de la prisión clasificará a los presos y valorará todos los criterios que exige el régimen penitenciario que, en este caso, contempla la devolución del dinero.

De izquierda a derecha: Gregorio Gorriarán, Julio Fernández Gayoso, José Luis Pego y Óscar Rodríguez Estrada.
De izquierda a derecha: Gregorio Gorriarán, Julio Fernández Gayoso, José Luis Pego y Óscar Rodríguez Estrada.EFE

Desde el lunes 16 de enero, el expresidente de la entidad, Julio Fernández Gayoso, y los exdirectivos José Luis Pego, Óscar Rodríguez Estrada se encuentran confinados en la prisión de A Lama (Pontevedra), mientras Gregorio Gorriarán, junto al asesor jurídico Ricardo Pradas, ingresaron en la madrileña cárcel de Soto del Real, para cumplir la sentencia de apelación dictada por el Tribunal Supremo por los delitos de apropiación indebida y administración desleal.

Según fuentes de Instituciones Penitenciarias, la junta de tratamiento de la prisión tendrá en cuenta los requisitos previstos en estos casos, “igual que para otro interno cualquiera, salvo el de la libertad condicional”, para proponer la clasificación inicial que en proporción a la condena de los exdirectivos será en régimen de segundo grado.

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Son los primeros banqueros que entran en prisión en España por fraude financiero, después de que en 2013 el expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, pasase quince días en la cárcel como preso preventivo de la que salió tras pagar 2,5 millones de fianza. La Audiencia Nacional ordenó el cumplimiento de la condena porque solo han devuelto menos de la mitad del dinero reclamado en la sentencia.

El auto se fundamentó en la gravedad de los delitos que supuso el cobro de prejubilaciones millonarias en plena crisis económica. Por eso uno de los requisitos que exigirán ahora las autoridades penitenciarias para la progresión de grado de los internos será que estos paguen el dinero que todavía no han devuelto, unos 10,4 millones de euros.

La junta de tratamiento de la prisión también tendrá en cuenta otros factores como el historial individual, salud y la edad de cada interno, y su evolución en estos dos primeros meses de internamiento. La propuesta de clasificación tendrá que pasar el filtro de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y después la del juez central Vigilancia Penitenciaria.

Según las fuentes consultadas, la avanzada edad de alguno de los presos, como es el caso de Julio Fernández Gayoso, de 85 años, no será una razón de peso para su inmediata excarcelación. De hecho, uno de los argumentos aducidos por Instituciones Penitenciarias es que “precisamente el delito cometido se hizo en previsión de la edad, por lo que esta circunstancia no puede ser considerada como un parapeto para poder delinquir y obtener además beneficios carcelarios”.

Las autoridades penitenciarias también han subrayado que el fallo del Tribunal Supremo pretende ser ejemplarizante y así lo fundamentó en su auto la Audiencia Nacional que ordenó el ingreso en prisión de los cinco condenados por la gravedad de los hechos y su impacto macroeconómico, y en aras a evitar la impunidad de los delitos.

El Supremo confirmó que todos ellos se subieron el sueldo tras pedir un rescate de 511 millones de euros para la entidad, lo que no evitó su quiebra y un menoscabo económico para los contribuyentes de 8.269 millones de euros.

Los exdirectivos han recurrido en apelación el auto de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por el magistrado Alfonso Guevara, que rechazó la suspensión de la condena pese a que suele hacerlo cuando, en este caso, las penas son inferiores a dos años y cuando los condenados no tienen antecedentes penales.

El tribunal ha tenido en cuenta, además, que los cinco ejecutivos no han demostrado absoluto arrepentimiento ya que han devuelto menos de la mitad de lo reclamado en la sentencia, bien a través de embargos o en efectivo. Una sentencia que a criterio del Tribunal Supremo conlleva una pena leve, dado los excesos cometidos por los exbanqueros, pero que no pudo elevarse en apelación al no ser recurrida por ninguna de las partes.

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