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CEOE alerta de que la subida fiscal se concentra en 15.500 empresas

Advierte en un informe de que algunas podrían verse en dificultades “justo cuando empiezan a superar sus problemas financieros”

Antonio Maqueda

La patronal intenta combatir el alza del impuesto de Sociedades aprobada por el Gobierno. Su presidente, Juan Rosell, ya la calificó de “gran estropicio”. Pero además ha encargado un informe jurídico en el que podría recomendar que se impugnasen las liquidaciones. Y ha elaborado un estudio económico en el que alerta de que una sola de las medidas afecta a 15.500 empresas, aquellas que facturan más de 20 millones y que por la subida tendrían dificultades para recuperarse “justo cuando empiezan a superar sus problemas financieros”.

El presidente de la CEOE, Juan Rosell.
El presidente de la CEOE, Juan Rosell.Fernando Alvarado (EFE)

Según el documento al que ha tenido acceso EL PAÍS, el Real Decreto Ley 3/2016 de cambios en el impuesto de sociedades presenta serios problemas por dos medidas: una es el límite a las compensaciones de bases imponibles negativas, es decir, se restringe la capacidad de las empresas para desgravarse pérdidas acumuladas durante la crisis. Y la otra consiste en la reversión de las pérdidas deducidas por el deterioro de inversiones en cartera. O lo que es lo mismo, se obliga a las empresas a devolver el dinero que se dedujeron porque una participación que tenían en otra sociedad había perdido valor.

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Respecto a la primera, explica que antes una compañía podía deducirse sin límites pérdidas por valor de hasta un millón de euros. A partir de esa cifra, sólo se podía aplicar un máximo de un 60% de la base imponible. Pero el decreto del 2 de diciembre suprime ese millón de euros que se pueden compensar sin límites para las empresas que facturan más de 20 millones de euros. Además, se recorta lo que se pueden desgravar las empresas grandes: cuando la cifra de negocio se sitúe entre los 20 y 60 millones, sólo se pueden compensar pérdidas hasta el 50% de la base imponible en lugar del 60%. Si la empresa registra una facturación de 60 millones o superior, la compensación de pérdidas se limita al 25% de la base.

A modo de ejemplo, se cita el caso de una empresa con una base imponible de 12 millones y base negativas disponibles de 10 millones. Con la anterior legislación, podría haberse compensado 8,2 millones. En cambio, con la nueva norma sólo podría rebajarse la factura fiscal en 3 millones. Es decir, la declaración le subiría en 5,2 millones de euros. Hacienda estima que con esta medida puede ingresar unos 2.000 millones, según consta en el plan presupuestario remitido a Bruselas. “La medida afectaría a unas 15.500 empresas, dificultando la recuperación de estas entidades en el momento en que pueden estar empezando a superar sus problemas financieros”, concluye el análisis sobre este cambio tributario.

En cuanto a la reversión de pérdidas en participadas, la patronal se muestra incluso más dura. La nota desgrana cómo hasta el año 2013 una empresa podía deducirse la pérdida de valor de una participación en una empresa: “Supongamos una empresa matriz que tiene una inversión en una filial por la que ha pagado 200 millones de euros. En el momento de la compra, la filial tiene unos fondos propios de 100 millones de euros. En el año siguiente a la compra, la filial ha sufrido pérdidas de 10 millones, por lo que sus fondos propios han bajado a 90 millones. En este ejemplo, la empresa matriz podría dar una pérdida por deterioro de participación de 110 millones de euros (100 millones por el menor valor de los fondos propios respecto a su precio de compra y 10 millones por la variación de los fondos propios de la filial que se corresponden con sus pérdidas del año)”. Y esas pérdidas de 110 millones antes se podían deducir de la factura fiscal sin necesidad de que estuviesen imputadas contablemente en la cuenta de resultados porque la pérdida todavía no se había materializado vendiendo la participación.

“Fue una gran ventaja fiscal que ayudó a la expansión internacional de las multinacionales españolas, pero que tuvo un elevado coste recaudatorio, lo que llevó a su eliminación en 2013”, explica el informe de la patronal. Según datos de la Agencia Tributaria, gracias a esta medida las empresas se dedujeron hasta entonces unos 4.000 millones de media al año.

Rentas que no existen

Sin embargo, el nuevo decreto obliga a devolver el dinero que las empresas se dedujeron a razón de un 20% cada año durante un lustro. Y esto se impone aunque no haya habido ninguna mejora en el año anterior, ni en el valor ni en los beneficios. Es decir, Hacienda fuerza a las empresas a tributar por rentas que no existen.

“Con esta obligación de reversión mínima, se está, en la práctica, haciendo tributar una renta que no se ha producido ni desde un punto de vista contable, ni desde un punto de vista económico, ya que la participación cuyo deterioro se revierte no ha tenido un incremento de fondos propios, ni ha llevado a cabo una distribución de dividendos. En este sentido, se podría estar atentando contra el principio de capacidad económica”, sostiene CEOE.

Cuestión de liderazgo

Según los expertos, el alza tributaria perjudica a compañías con pérdidas acumuladas o que compraron otras empresas caras. Además, incentiva el traslado a territorios con una fiscalidad más favorable. Así que la Junta Directiva de CEOE ha exigido a Rosell más liderazgo, máxime con el Consejo de la Competitividad desparecido y con los empresarios quejándose en privado pero sin atreverse a dar la cara. Si a ello se suma la subida de cotizaciones, la patronal madrileña CEIM advierte de que se crearán 150.000 trabajos menos por culpa de estas medidas. “Se trata del momento en el que CEOE debería recuperar su voz”, comentan diversas fuentes patronales.

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Sobre la firma

Antonio Maqueda
Periodista de la sección de Economía. Graduado en Periodismo en la Universidad de Navarra y máster por la Universidad de Cardiff, ha trabajado en medios como Cádiz Información, New Statesman, The Independent, elEconomista y Vozpópuli.

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