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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Unión de mercados de capital

En medio de no pocas dudas sobre la consistencia de la Unión Bancaria Europea —banca italiana, portuguesa, o incluso alemana— es de agradecer que la integración financiera europea haya dado un paso adelante en la otra gran construcción que ha de complementar —o más bien servir como alternativa— a la mencionada unión bancaria. Se trata de la Unión de Mercados de Capitales (UMC), presentada a finales de 2014 como la más emblemática iniciativa de la actual legislatura europea en el ámbito económico y financiero, con el objetivo de estar plenamente operativa a finales de 2019.

Con ella se trataba, en palabras de su principal valedor, el británico Jonathan Hill, entonces comisario europeo al frente de la iniciativa, que dimitiría de su cargo al día siguiente del Brexit, de desarrollar nuevas fuentes de financiación para pymes, de tal manera que redujesen su excesiva dependencia de la financiación bancaria.

La verdad es que, sea por esa desaparición de su principal valedor, o porque la abundancia de liquidez en la banca europea ha generado una no menos abundante oferta de financiación de esta hacia las empresas —según la última encuesta del BCE, la falta de financiación ha dejado de ser una de las principales preocupaciones de las pymes en la mayoría de países europeos— los avances hacia la mencionada UMC han sido escasos, o en todo caso poco visibles, limitándose a algunos aspectos muy técnicos, como la definición de vehículos de titulización homogéneos.

Por ello, cabe felicitarse por el importante paso dado en esta semana al alcanzarse un consenso entre el Parlamento Europeo y el Consejo de Europa respecto de una relajación de las normas que rigen para los folletos de emisión de valores en mercados organizados. Con la normativa en vigor, dichos folletos constituyen un auténtico calvario, y un coste fijo elevado, que dificulta las emisiones por debajo de umbrales poco alcanzables para la inmensa mayoría de pymes europeas.

Con el nuevo acuerdo alcanzado se simplificarán las obligaciones administrativas asociadas a dichos folletos, en el caso de empresas de menor dimensión —no cotizadas de menos de 500 empleados, o cotizadas en mercados de crecimiento para pymes— y, sin hurtar información relevante para los inversores. También se facilita la emisión de folletos ‘ligeros’ para empresas con una apelación frecuente a los mercados, y se exime de folleto de emisión en proyectos de crowdfunding inferiores a un millón de euros y para ofertas públicas por debajo de 8 millones de euros (antes 5).

Con todas esas modificaciones se trata de abaratar y facilitar la utilización por las pymes europeas de los mercados de capitales como fuente de financiación recurrente, tanto para instrumentos de renta fija como variable. Ello no será óbice para que la financiación bancaria continúe teniendo un papel relevante para las pymes, pero actuando de manera complementaria y rompiendo su tradicional hegemonía como única vía de financiación para la mayoría de pymes europeas y, especialmente, españolas.

Angel Berges e Irene Peña son profesores de AFI- Escuela de Finanzas

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