_
_
_
_
_

La banca se plantea no recurrir el fallo de las cláusulas suelo

Analiza si asumir la sentencia de Adicae puede evitarle un castigo mayor del Tribunal de Luxemburgo

Íñigo de Barrón
Integrantes de Adicae durante una protesta.
Integrantes de Adicae durante una protesta. EFE/Archivo

Todo el sector financiero espera la resolución del Tribunal de Luxemburgo sobre las polémicas -o abusivas, según algunos jueces- cláusulas suelo de las hipotecas. En julio, se pronunciará el abogado general, que suele anticipar la línea de decisión del tribunal, que llegará a finales de año probablemente.

Mientras tanto, el Tribunal Mercantil de Madrid condenó en abril pasado a 40 bancos a devolver lo cobrado con las cláusulas suelo desde 2013. Buena parte de las entidades han comentado su intención de recurrir esa sentencia, que resuelve una demanda de Adicae. De hecho, algunas todavía no han devuelto el dinero a los clientes, aunque han provisionado las cantidades afectadas. Sin embargo, en diferentes servicios jurídicos de grandes bancos creen que la mejor estrategia sería no recurrir la sentencia de Adicae.

En su opinión, es posible que el Tribunal de la UE dictamine que se aplique la sentencia de los suelos de forma retroactiva, hasta 2009, pero podrían quedar excluidos los casos que ya están juzgados. Es decir, estas fuentes, que piden el anonimato, creen que la sentencia de Luxemburgo podría afectar a los casos todavía abiertos: los que hayan recurrido la sentencia de Adicae.

Pablo Franquet, socio del bufete Jausas, considera que no resulta un planteamiento descabellado. "La estrategia tiene sentido porque el caso de Adicae es una demanda colectiva que se supone que afecta a los derechos de todos los clientes. El Juzgado Mercantil de Madrid ha dicho que las cláusulas indebidamente cobradas se deben devolver desde mayo de 2013. Si un banco acata la sentencia y paga, el caso está cerrado y juzgado. Es muy discutible que se pueda volver a abrir, aunque tampoco es imposible".

Un dilema complicado

Franquet admite que el dilema es complicado porque si un banco paga, ya no se puede beneficiar de una sentencia favorable de Luxemburgo. "Es poco probable que el tribunal europeo diga que no se debe pagar ni desde 2013, pero quién sabe", apunta este abogado.

La ventaja que tiene pagar "es que se limita el riesgo y quizá al recurrir el caso se reabra y pueden tener que pagar desde 2009". La diferencia entre ambas opciones se cifra en miles de millones: Si hay que devolver lo cobrado desde 2013 la factura para el sector es de 5.269 millones; si se retrotrae a 2009, llega a 9.700 millones, según AFI.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_