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El Gobierno mantiene la rebaja fiscal para agricultores y ganaderos

La orden de módulos para 2016 rebaja el rendimiento neto a la ganadería de bovino de leche y al cultivo de patata

Un momento de la protesta de ganadores en Santiago de Compostela, el 8 de septiembre de 2015.
Un momento de la protesta de ganadores en Santiago de Compostela, el 8 de septiembre de 2015. Oscar Corral

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles la orden ministerial que mantiene para el 2016 la reducción del 5% sobre la cuantía de módulos, los índices de rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas y sus instrucciones de aplicación. En particular, se reducen los índices de rendimiento neto de la ganadería de bovino de leche (producción de leche), que pasa de 0,32 a 0,20, con una reducción de un 38%. Igualmente, se reduce el índice de rendimiento neto del cultivo de patata, que rebaja del 30%, pasando de 0,37 al 0,26.

Se ha tenido en cuenta para ello la reducción continuada de la rentabilidad de esta actividad, según indica el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. La reducción del 5% sobre la cuantía de módulos se mantiene desde 2009 para los autónomos y pymes que declaran por el método de estimación objetiva, como consecuencia de los acuerdos adoptados en la Mesa del Trabajo Autónomo y debido al descenso de la actividad económica en estos años de crisis. Igualmente se mantiene la reducción del 20% del rendimiento neto para actividades económicas desarrolladas en Lorca.

Por lo que se refiere al IVA, la orden mantiene para 2016 los módulos existentes en el presente año.

Simplificación del régimen de estimación objetiva

La orden incorpora además las novedades incluidas en la reforma fiscal en lo referente a la simplificación y limitación del régimen de estimación objetiva. Concretamente, fija el umbral de exclusión en 250.000 euros de ingresos para el conjunto de actividades económicas. La magnitud de exclusión del régimen en función del volumen de compras queda fijada también en 250.000 euros anuales, tal y como estipula la ley de reforma del IRPF de 2014.

Quedan excluidas de este régimen las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1% como las de fabricación y construcción; mientras que permanecen en módulos actividades como la restauración, servicio de taxi, agricultura y ganadería.

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