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El Congreso aprueba la nueva ley que fija las tasas de los cajeros

La asociación Adicae denuncia ante el Banco de España que los bancos incumplen la norma con comisiones muy elevadas

Un hombre saca dinero de un cajero automático.
Un hombre saca dinero de un cajero automático. EFE

El pleno del Congreso de los Diputados aprobó el real decreto ley que impide a los bancos el cobro de una doble comisión por sacar dinero en efectivo de los cajeros automáticos, sin bien no limita el máximo que pueden cargar. La norma salió adelante con 189 votos a favor, uno en contra y 100 abstenciones.

Los grupos reconocieron la necesidad de esta norma, aunque podría haberse mejorado "en algunos aspectos". Durante la defensa del texto, el ministro de Economía, Luis de Guindos, explicó que se acaba así con la "incertidumbre" legal que existía y se consigue preservar el principio de seguridad jurídica.

Según el ministro, el Gobierno ha logrado un sistema "más transparente y sencillo" y que requería "actuar con carácter de urgencia". Para el titular de Economía, este nuevo sistema reducirá las comisiones que pagan los clientes de manera "importante" y "rápida", si bien los bancos no tienen tope en la tarifa y aún no han fijado lo que cobrarán.

Economía dice que el nuevo sistema reducirá las comisiones de manera "importante" y "rápida", aunque los bancos no tienen tope en las tarifas

Además, De Guindos explicó que esta norma también "respeta" la inversión realizada por las entidades financieras en sus cajeros, lo que redundará en que puedan ofrecer un mejor servicio al cliente. Según De Guindos, en España están en funcionamiento más de 50.000 cajeros que reciben unos 900 millones de operaciones anuales, de las cuales el 75% corresponde a retirada de efectivo.

En virtud del decreto, los cajeros deben informar al cliente de la comisión máxima que le cobrará su entidad financiera por retirar efectivo en un cajero que no es de su red, ya que la entidad propietaria del cajero no puede exigir ninguna comisión al usuario del servicio, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta.

Además, el emisor de la tarjeta puede repercutir o no, total o parcialmente, esta comisión a su cliente, según su política comercial. Así, el cliente en ningún caso paga al dueño del cajero cuando retira

el dinero. Solo puede tener que pagar una comisión a la entidad emisora de su tarjeta que depende de su política comercial. De esta manera, está informado antes de realizar la operación de la comisión máxima que le puede repercutir su banco.

Si la retirada de efectivo es a débito, las entidades emisoras de la tarjeta únicamente pueden repercutir a su cliente, total o parcialmente, la comisión satisfecha a la entidad propietaria del cajero, pero no pueden cobrar ninguna comisión o gasto adicional.

En el supuesto de retirada de efectivo a crédito, las entidades emisoras de la tarjeta sí pueden cobrar un importe adicional a la comisión cobrada entre el emisor de la tarjeta y el propietario, ligada a la concesión del crédito. En todo caso este importe no puede superar al que la entidad emisora cobra a sus propios clientes por la retirada de efectivo a crédito de sus propios cajeros.

Las dos entidades, el emisor y el dueño del cajero, pueden pactar libremente la comisión que deberá pagar el primero al segundo. A falta de acuerdo, la comisión que determine el titular del cajero respecto a la emisora será la misma en todo el territorio nacional y no será discriminatoria.

Denuncias de Adicae por altas comisiones

Por otro lado, la asociación de defensa de los usuarios, Adicae, ha exigido al Banco de España que sancione a la banca por incumplir esta nueva normativa. Adicae dice que los bancos emisores de las tarjetas aplican ahora a sus clientes una comisión superior a los 0,60 euros que les cobra el dueño del cajero. Adicae afirma que esto no se puede hacer desde que el decreto entró en vigor, el pasado 3 de octubre. Es decir, no hace falta esperar al 1 de enero que es el periodo de gracia que establece el decreto. Adicae sostiene que la aplicación de esta norma es "ineludible" desde que entró en vigor el real decreto.

Ante esta situación, Adicae se ha dirigido al Banco de España para exigirle que sancione esta práctica "ahora que tiene indudable fundamento legal para intervenir". Esta práctica, prosigue la asociación, está definida como infracción grave de las normas de ordenación y disciplina bancaria, por lo que ha pedido al organismo liderado por Luis María Linde que impulse la devolución a los consumidores de las cantidades indebidamente cargadas desde el pasado 3 de octubre.

"El sector bancario se salta deliberadamente uno de los principales avances de la nueva regulación, lo que conlleva que impidan que los consumidores se beneficien del abaratamiento de las comisiones que anunció el Ministerio de Economía", ha reprobado Adicae.

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