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El Supremo valida el ERE de Tragsa que anuló la Audiencia Nacional

La Sala de lo Social revisa los recursos y da la vuelta uno por uno a todos los argumentos que sirvieron para anular el despido colectivo

Reyes Rincón
Imagen de archivo de una protesta de trabajadores de Tragsa en Valencia.
Imagen de archivo de una protesta de trabajadores de Tragsa en Valencia.SANTIAGO CARREGUÍ

El Tribunal Supremo avala el ERE de la empresa pública Tragsa, que fue anulado en abril de 2014 por la Audiencia Nacional. La Sala de lo Social ha revisado este miércoles los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia y ha dado la vuelta uno por uno a todos los argumentos que sirvieron para anular el despido colectivo de la empresa de trabajos medioambientales y forestales, que afectaba a un máximo 726 trabajadores. Antes de la sentencia de la Audiencia ya habían sido despedidos alrededor de 300 empleados, que fueron readmitidos cuando se anuló el ERE, según fuentes de los trabajadores. El fallo del Supremo da ahora vía libre a la empresa para ejecutar el expediente completo con una indemnización de 20 días por año.

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La Audiencia Nacional anuló el despido colectivo de Tragsa por tres motivos: que no se había facilitado toda la documentación contable exigida, la “falta de concreción” en las causas invocadas en la comunicación final del ERE a los representantes de los trabajadores y que no se habían respetado los principios “de igualdad, mérito y capacidad” a los que la ley obliga en los casos de despidos en la Administración. Los jueces del Tribunal Supremo, sin embargo, creen que la empresa se ajustó a todos estos requisitos, según han informado fuentes del alto tribunal.

La decisisón la ha adoptado por unanimidad el pleno de la Sala de lo Social, aunque con votos particulares de magistrados que están de acuerdo con estimar el recurso de la empresa y declarar ajustado a derecho el despido colectivo, pero discrepan de alguno de los argumentos acordados por el pleno. El texto completo de la sentencia se conocerá en los próximos días. 

Respecto a la falta de documentación, los magistrados consideran que aunque no se aportaran inicialmente algunos datos contables “han podido deducirse de las cuentas y documentación aportada” después. Además, sostiene que ante la inspección de trabajo y en el acuerdo finalmente no ratificado los sindicatos estimaron suficiente la documentación aportada. La Sala de lo Social cree también suficientes los criterios de selección de los trabajadores afectados por el ERE y sostiene que estos tampoco fueron cuestionados durante la negociación. Y, en lo referido a los criterios de mérito y capacidad, el alto tribunal asegura que se han respetado y que no es discriminatorio que el despido afecte solo a personal fijo y no a los contratados temporales.

El Supremo también revoca la decisión de la Audiencia de condenar “solidariamente” a la filial Tragsatec que, a la vez que Tragsa, realizó un despido colectivo que afecta a 601 trabajadores. La Audiencia Nacional consideró probado que Tragsa y Tragsatec constituyen a todos los efectos un grupo laboral de empresas y que la filial “no tiene personal directivo ni administrativo propio, ni estructura administrativa propia” y puso como ejemplo que alrededor de 400 trabajadores administrativos de Tragsa prestan sus servicios también para Tragsatec. El alto tribunal, ha decidido sin embargo exculpar a la filial al entender que son dos empresas distintas, que no puede hablarse de "grupo irregular" y que, por tanto, Tragsatec no tiene responsabilidad en el ERE de la matriz.

Tras conocer el fallo del Supremo, el sindicato CSIF ha mostrado su preocupación por la "situación de incertidumbre" que se genera sobre los trabajadores. A través de un comunicado, el sindicato ha explicado que, aunque esperará a conocer el contenido de la sentencia,  intensificará las negociaciones para que Tragsa reconsidere el ERE "de manera inmediata" porque las condiciones económicas de la empresa han cambiado desde que se planteó el expediente de regulación de empleo. "Apelamos al sentido común de los responsables de la empresa, dado que la facturación del grupo ha aumentado un 70% respecto a 2012 y se trabaja a los niveles previos a la crisis. El ERE fue diseñado para la situación de 2012 pero hoy, en 2015, cuando estamos superando la crisis económica, la situación de la empresa es muy distinta", asegura CSIF, que intentará "en todo caso" que no se produzca ningún despido forzoso.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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