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Competencia tolera la venta a pérdidas de alimentos

El supervisor considera que puede mejorar la competitividad, un postura muy criticada por los agricultores.

Ganaderos gallegos derraman leche sobre un campo en protesta por la crisis de precios del sector.
Ganaderos gallegos derraman leche sobre un campo en protesta por la crisis de precios del sector.O. C.

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) no se opone a la venta a pérdidas de productos alimentarios, según explica en el informe con el que avala el Código de Buenas Prácticas en la contratación alimentaria. Considera que puede mejorar la competitividad, un postura muy criticada por los agricultores.

La CNMC considera que "es poco razonable prohibir o criticar de forma generalizada" la venta a pérdidas de los alimentos. Así lo ha manifestado en el informe que da luz verde al Código de Buenas Prácticas en la Contratación Alimentaria.

El supervisor opina que en determinadas ocasiones puede resultar incluso una práctica que apoye la competitividad y la eficiencia entre los operadores de los mercados, con ventajas para los consumidores.

La actual normativa, la Ley de Competencia Desleal de 1991, prohíbe la venta a pérdidas cuando pueda inducir a error a los consumidores, desacreditar la imagen de otros productos o establecimientos ajenos o eliminar competidores de los mercados.

Por el contrario, solamente la permite cuando el objetivo de esa bajada sea alcanzar los precios de otros competidores, así como en casos de liquidación de existencias o para productos con fecha de caducidad.

El Código de Buenas Prácticas es una iniciativa del Ministerio de Agricultura como un paso más en el marco del desarrollo de la Ley de la Cadena Alimentaria, por el que se trata de lograr una mayor transparencia en las relaciones entre todos los operadores de la cadena. La adhesión al mismo será voluntaria, aunque el objetivo es que sea asumido por todos los operadores.

Desde Competencia se reconoce en su informe que el desarrollo de los grandes y medianos grupos de distribución han contribuido a aumentar considerablemente su poder de negociador con los proveedores. Pero el supervisor cree que ese desequilibrio en el poder negociador no constituye por sí mismo un fallo del mercado que justifique su intervención. En la misma línea indica que no todas las prácticas comerciales tienen por sí mismas un efecto negativo desde el punto de vista de la eficiencia y la competencia.

Desde el sector agrario, la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) acusa a Competencia de no tomarse en serio las prácticas comerciales cuando son contrarias a los intereses del campo, mientras reacciona rápidamente ante cualquier intento de los productores de defender precios.

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