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Los datos de condenados por fraude fiscal se publicarán en dos meses

Los datos comprenderán el nombre y apellidos o razón social del condenado, su delito, la pena impuesta y la cuantía a resarcir.

Vista de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid, en una imagen de archivo.
Vista de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid, en una imagen de archivo. EFE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) comenzará a publicar la información de las sentencias en materia de fraude fiscal que se dicten a partir del 11 de noviembre y los datos comprenderán el nombre y apellidos o razón social del condenado, su delito, la pena impuesta y la cuantía a resarcir.

El BOE publica hoy la Ley 10/2015 por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal, norma que entrará en vigor en el plazo de dos meses.

En dicha norma, se establece una excepción que afectará a los casos en los que se satisfaga la totalidad de la cuantía defraudada a la Hacienda Pública por todos los conceptos con anterioridad a que se haga firme la sentencia.

Esta Ley permite publicar un extracto del fallo condenatorio que contenga únicamente los datos del proceso, condenado, delito, la pena y la cuantía de responsabilidad civil impuesta, de forma que "salvaguarda los derechos de protección de datos de otras personas que hayan podido participar en el proceso y no resulten afectadas por la condena".

"Interés público"

En el preámbulo de la Ley se indica que, aunque la publicidad de las sentencias puede vulnerar el derecho a la intimidad o al honor, en el caso concreto de los delitos relacionados con la defraudación fiscal, "frente al interés del condenado, se alza el interés público".

Así, señala que "el deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos tiene como reverso el derecho del conjunto de la sociedad a exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias".

Esta Ley se cohonesta con la reforma de la Ley General Tributaria, que regula la posibilidad de publicar la identidad de quienes causan un mayor perjuicio económico a la Hacienda Pública.

Por ello, explica que "resultaría incoherente" que se publicara la identidad de quienes han dejado de abonar sus obligaciones tributarias y, sin embargo, "quedara oculta precisamente la de los grandes defraudadores, condenados en sentencia firme por delitos de esta naturaleza".

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