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Fianza de 8,5 millones a una firma de Villar Mir por secar una cascada única

El fiscal acusa a un exalto cargo de la Xunta por anular el caudal ecológico del río Xallas Un juez impone la medida para que Ferroatlántica devuelva lo que ganó entre 2004 y 2011

La cascada de Ézaro en el río Xallas.
La cascada de Ézaro en el río Xallas.ASOCIACIÓN RÍOS CON VIDA

Un juzgado de Santiago de Compostela ha impuesto una fianza de 8,519 millones de euros a Ferroatlántica, empresa del Grupo Villar Mir, por desecar entre 2004 y 2011 la cascada Ézaro, en el río Xallas, una de las pocas de Europa que da directamente al mar. Lo hace como "partícipe a título lucrativo" en el procedimiento contra Francisco Pan-Montojo, ex director general de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta de Galicia (PP) y que en 2001 permitió que la empresa desecara la desembocadura. La fiscalía pide para él año y medio de cárcel por un delito contra el medio ambiente. La empresa espera que durante el juicio se le exima del pago.

El 22 de marzo de 2001, Pan-Montojo autorizó a Ferroatlántica a secar la cascada del Xallas salvo una hora al día entre junio y septiembre más los fines de semana de todo ese periodo. Así suspendía el caudal ecológico continuo por una especie de caudal turístico no previsto en la legislación. La ley de Pesca de Galicia de 1992 establece que los saltos hidroeléctricos "deberán en todo momento respetar el caudal ecológico necesario para facilitar el normal desarrollo de las poblaciones piscícolas". 

La empresa de Juan Miguel Villar Mir explota una presa hidroeléctrica, la de Santa Uxía, poco antes de la desembocadura. Más adelante está la cascada de Ézaro, un salto espectacular en el municipio de Dumbría (A Coruña), que durante años estuvo mudo para favorecer el negocio de Villar Mir.

El juzgado señala que la empresa es "partícipe a título lucrativo"

El entonces responsable de la Xunta redujo el caudal ecológico “con pleno conocimiento de la ilegalidad de su contenido y sin respetar las más básicas reglas en la tramitación, según el escrito de calificación del fiscal, al que ha tenido acceso este diario, que le acusa de un delito contra el medio ambiente. Este diario ha intentado, sin éxito, contactar con Pan-Montojo, hoy fuera de su cargo.

El escrito señala que “ese caudal intermitente para mantener una cascada estándar […] corregía la declaración de efectos ambientales otorgada por él mismo” en junio de 2000, menos de un año antes. Entonces, Fraga y Juan Miguel Villar Mir habían acudido a "inaugurar" la cascada gracias a ese caudal ecológico. Solo un año después, tras las alegaciones de la empresa y “sin más tramitación motivación o informe”, el caudal ecológico fue sustituido por el caudal turístico, según la calificación del fiscal, del pasado 17 de marzo.

Así, Ferroatlántica podía secar el río y turbinar a su antojo. El agua ya no caía al mar por cascada sino por unos tubos paralelos. Una pequeña central al pie, junto al mar, producía la electricidad aprovechando el salto de agua. Según el fiscal, la modificación se hizo “de manera totalmente injustificada, careciendo de competencias para ello”.

La Xunta permitió a la empresa que solo abriera la cascada una hora al día en verano para el turismo

Añade que mantener seco ese tramo de río “ha producido afecciones significativas en el río y ecosistemas asociados”, ya que en los últimos 1.200 metros de río no llevaba apenas agua. La justificación de la Xunta en el procedimiento ha sido un “Informe justificativo de la no necesidad de caudal mínimo en la presa” emitido por Ferroatlántica y “no firmado”.

El régimen de la cascada turística estuvo en marcha entre el 13 diciembre de 2004 y el 7 de marzo de 2011, poco después de que la Xunta de Galicia, tras la presión de grupos ecologistas como Ríos con Vida, revocase el permiso. Ferroatlántica llegó a reclamar 57,2 millones en daños por esa resolución. Desde entonces, la empresa está obligada a dejar fluir el 10% del caudal natural.

El fiscal considera que Ferroatlántica es “partícipe a título lucrativo de los efectos del delito” por lo que debería resarcir a la Xunta con lo ganado, que cifra en 6,389 millones de euros” más los intereses.

Según el fiscal, un director general lo autorizó "con pleno conocimiento de la ilegalidad"

Posteriormente, el juzgado de instrucción número 2 de Santiago abrió juicio oral contra el exalto cargo y fijó una fianza de 8,51 millones de euros para Ferroatlántica. El pasado 21 de abril, la titular del juzgado no admitió el recurso de Ferroatlántica. El caso está ahora pendiente de que se señale fecha para el juicio.

La empresa afirma a través de un portavoz que no hay "fundamento jurídico que respalde ni el hecho de presentar aval ni la forma de determinar el cálculo de la cantidad a garantizar". Según este, Ferroatántica ha cumplido con la ley: "Confiamos plenamente que en el juicio oral quedará demostrado que resulta infundado incluir a Ferroatlántica como sujeto obligado al pago de cantidad indemnizatoria alguna", señala en un correo electrónico.

En 2011, Ferroatlántica ya admitió su responsabilidad es un desastre ecológico en el Xallas. En noviembre de 2007 dejó seco un embalse para maximizar la producción eléctrica y murieron 15.000 peces.

El acusado: "La afirmación del fiscal cae por su propio peso"

Francisco Pan-Montojo, ex director general de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta de Galicia, al que la fiscalía acusa por permitir que Ferroatlántica secase la cascada del Xallas ha defendido este jueves actuación. En un correo electrónico responde a la acusación de la fiscalía de que en 2001 cambió la autorización ambiental "con pleno conocimiento de la ilegalidad de su contenido y sin respetar las reglas básicas mínimas" y que suprimió el caudal ecológico por uno turístico.

Según él, y en contra de lo que dice el fiscal, no hay dos autorizaciones distintas. Pan-Montojo recuerda que ese tramo del Xallas estaba sin caudal ecológico desde que en 1987 se construyó la presa y que allí no había pesca. Sostiene que la autorización de 2000 y la de 2001 es la misma, la primera es la propuesta y la segunda, en la que ya no hay caudal ecológico continuo, la definitiva.

"Solo puedo decir que existe, y de ello es conocedor la Fiscalía, un dictamen, en concreto el número 36/11 del Consejo Consultivo de la Xunta de Galicia, que afirma que no se observa extralimitación competencial alguna; que no se ha producido la omisión del procedimiento legalmente establecido y respecto a que el contenido de la propuesta de resolución sea contrario a derecho, ni siquiera los miembros del Consejo Consultivo están de acuerdo en las consideraciones jurídicas al respecto, emitiéndose en voto particular. Lo que significa que la afirmación del Fiscal sobre las reglas básicas mínimas que no han sido respetadas cae por su propio peso".

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