_
_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Dificultades para reducir la potencia eléctrica contratada

Los consumidores tienen que aportar un Certificado de Instalación Eléctrica a la compañía distribuidora que puede costar hasta 200 euros

Seguramente nadie se da cuenta ni valora adecuadamente la dependencia que en nuestra rutina diaria tiene la energía eléctrica. Podemos afirmar, sin margen a equivocarnos, que ésta se ha convertido en un bien o servicio de primera necesidad por lo que debería estar especialmente protegida por los diferentes poderes públicos, eliminando para ello las barreras administrativas y costes fijos que gravan su acceso, así como cualquier variación o modificación que el consumidor efectúe sobre lo ya contratado.

Durante esta semana hemos tenido la oportunidad de conocer que el precio de la electricidad, marcado en un sistema de subastas, será fijado a partir de abril tomando como única referencia el precio medio diario del "pool" o mercado mayorista. La factura será cada dos meses. No así para los hogares con contadores inteligentes, cuya lectura se realizará cada hora.

Desde agosto de 2013, el precio que el consumidor paga por contratar un suministro ha pasado de 27,84 euros/año a 45,34 euros/año (impuestos incluidos). Una vivienda tipo puede tener una contratación que oscile entre los 3,3 Kwh. y los 7,7 Kwh., es decir, que tiene un coste fijo de 149,62 a 349,11 euros/año. Igual cálculo puede ofrecerse para los suministros de los edificios residenciales. Y con todo, el consumidor no puede contratar la potencia que precise y debe adaptarse a los tramos normalizados por ley, que van en escalas de 1,1 Kwh.

En la actualidad se cuentan por miles los usuarios individuales y colectivos, como por ejemplo las comunidades de propietarios y familias que residen en las mismas, que analizan la demanda de consumo eléctrico de sus puntos de suministro, para así conseguir ajustar la potencia contratada e intentar paliar, en la medida de lo posible, el brutal incremento en el precio por kilovatio hora contratado. Sin embargo, también son contadas las trabas administrativas y económicas que se están encontrando a su paso, en muchos casos insalvables.

Si bien es cierto que inicialmente las solicitudes de reducción de la potencia contratada son aceptadas por las empresas eléctricas, éstas requieren con posterioridad la presentación del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), conocido como el Boletín de Instalación, para así ajustar la potencia a lo que se indique en el  mismo.

Los administradores de fincas colegiados sabemos que la petición de este documento obedece a razones de seguridad, sobre todo en casos de aumento de potencia, pero carece de sentido cuando hablamos de reducción ya que, como es obvio, las instalaciones están preparadas para aguantar ese menor nivel de potencia.

Más rocambolesca, no obstante, es la situación que se está dando en la Comunidad de Madrid, donde una vez han sido inspeccionadas las instalaciones eléctricas de Baja Tensión de los edificios con más de 25 suministros por Organismos de Control Autorizados (OCAs), y emitido el correspondiente Acta de Inspección Favorable, este documento no es aceptado por las empresas de distribución eléctrica para la reducción de la potencia solicitada.

Hasta que esta situación de absoluta desprotección no cambie, los consumidores finales que deseen reducir la potencia contratada deberán aportar a la empresa distribuidora eléctrica el Certificado de Instalación Eléctrica, cuyo coste puede llegar a los 200 euros dependiendo de la zona.

Entendemos que esta situación no puede perdurar más en el tiempo y abogamos por la posibilidad de reducir la potencia contratada sin tener que solicitar el correspondiente CIE, así como la existencia de tramos de contratación a los que el consumidor final, individual o colectivo, pueda adaptar su necesidad real, hasta ahora siempre en su detrimento y en beneficio claro de la distribuidora y comercializadora eléctrica.

Sin la adopción de al menos estas dos medidas, seguiremos en un mercado cautivo, falto de competencia y bajo el control de las distribuidoras que se reparten el negocio eléctrico español y todo a cambio de que el ciudadano tenga que pagar un precio o coste fijo para acceder a un bien o servicio que hoy es primordial, necesario y por qué no, merecedor de una protección especial como otra serie de derechos que ya los tenemos catalogados como fundamentales.

Ángel Ignacio Mateo Martínez es secretario del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid

La agenda de Cinco Días

Las citas económicas más importantes del día, con las claves y el contexto para entender su alcance.
RECÍBELO EN TU CORREO

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_