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Declara nula por abusiva la norma de la aerolínea

Nueva condena a Ryanair por impedir viajar a un menor sin DNI

La aerolínea deberá pagar 1.469 euros a la familia por denegar el embarque La sentencia en este caso es de la Audiencia Provincial de Barcelona La polémica con la compañía no pasa factura y sigue aumentando pasajeros

Aviones de Ryanair, en el aeropuerto de Stansted.
Aviones de Ryanair, en el aeropuerto de Stansted.BLOOMBERG

Ryanair tendrá que indemnizar con 1.469 euros a una familia de tres miembros por denegar "indebidamente" su embarque en un vuelo Barcelona-Fuerteventura al no admitir el libro de familia como documento de identificación del menor, que no portaba DNI, según la Audiencia Provincial de Barcelona. La sentencia, que confirma una decisión anterior de un juzgado de lo Mercantil, rechaza un recurso de la aerolínea y declara nula la cláusula incluida en los billetes que exigía la identificación con foto, es la primera que dicta una Audiencia provincial sobre un tema controvertido que ha motivado cientos de denuncias ante los tribunales.

El tribunal desestima así las alegaciones de Ryanair y le condena a devolver a la familia demandante un total de 1.469 euros, a razón de 269 euros en concepto de devolución del precio de los tres billetes contratados y 400 euros por pasajero como compensación económica, además de condenarle al pago de las costas.

La denegación de embarque por este motivo es una de las quejas más habituales de los pasajeros de la línea de bajo coste irlandesa, cuyo presidente ha reiterado en numerosas ocasiones que impiden a los menores sin DNI viajar porque la legislación irlandesa, país en el que tienen su sede y del que depende su licencia para operar, exige que los niños viajen con un documento con fotografía. De hecho, ha asegurado recientemente que no piensa retirarla pese a las decisiones en contra de los tribunales. Fuentes de la aerolínea recuerdan que esta condición está reflejada en el contrato de venta de billetes que acepta el pasajero cuando lo compra.

No obstante, según el fallo, "sea cual sea el contenido del programa de seguridad de la aerolínea Ryanair, el mismo no puede modificar el Plan Nacional de Seguridad Aérea (PNS) vigente en España", que permite a los menores viajar con el libro de familia en los vuelos nacionales cuando van acompañados por sus padres. Contra esta sentencia "no cabe recurso extraordinario alguno".

Además, el juzgado considera que la cláusula de Ryanair es "nula de pleno derecho", tal y como establece el artículo 6.3 del Código Civil, que impide imponer una obligación contraria a una ley ya establecida. El reglamento europeo 300/2008 estableció unas normas comunes obligatorias para todo el espacio aéreo europeo, pero dejó a los Estados miembros la libertad de regular cómo se iba a aplicar dentro de su territorio.

De esta forma, la Dirección General de Aviación Civil, dependiente del Ministerio de Fomento, introdujo el artículo 4.1.2. del PNS que permite a los menores de 14 años y bebés embarcar con el certificado del Registro Civil, el libro de familia o la inscripción en el pasaporte de uno de los progenitores.

Además, el juzgado deniega la argumentación de que el pasajero fue debidamente informado en las condiciones generales de la contratación de los vuelos y la justificación de que la exigencia se impone por motivos de seguridad frente a la sustracción de menores, ya que el libro de familia no es suficiente porque no incluye la fotografía del niño.

Ryanair ya fue condenada en una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 9 de Barcelona a indemnizar a esta familia, pero la compañía irlandesa recurrió. En su sentencia del 17 de marzo, el Juzgado declaró "nula por abusiva" esta obligación que impone Ryanair a los menores de 14 años de portar el DNI y el pasaporte para poder viajar entre aeropuertos españoles porque "vulnera lo dispuesto" en la norma española.

Esta anulación se suma también a la dictada el pasado mes de diciembre por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona contra la cláusula de Ryanair por la que cobra 40 euros a los pasajeros por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto. Ambas demandas estuvieron representadas por el abogado Dan Miró, responsable de la web retrasos.net.

Según el propio MIró, tras esta sentencia se abre una vía para que todas las familias a las que se ha denegado el embarque por motivos de una identificación incorrecta de los menores de 14 años reclamen la devolución del dinero. Su asociación ha tramitado, continúa, unos 200 casos de estas carecterísticas. También asegura que dota a las autoridades pertinentes de Fomento de los instrumentos necesarios para sancionar a Ryanair.

Sin embargo, la sentencia debería llegar al Tribunal Supremo para fijar jurisprudencia y declarar nula esta cláusula para todos los billetes, para lo que se debería elevar un recurso de casación contra la sentencia, añaden desde fuentes judiciales.

La polémica no altera el negocio

Las quejas relacionadas con temas de consumo se unen a los problemas que está teniendo la compañía con el Gobierno español desde que tres aviones realizaran aterrizajes de emergencia en julio pasado en Valencia por falta de combustible. El Ministerio de Fomento abrió una investigación. Tras varias semanas de pesquisas, las autoridades irlandesas concluyeron que la empresa llevaba el carburante necesario, pero el Gobierno español ha reiterado que no permitirá que las aerolíneas ahorren costes en detrimento de la seguridad. El presidente de Ryanair, Michael O'Leary, ha insistido en que su compañía es segura.

Pese a la polémica, la aerolínea ha logrado consolidar en septiembre su posición de líder en España por número de pasajeros transportados. En este mes, trasladó a 3.018.000 personas, un 2,4% más con respecto al mismo mes de 2011. En las rutas nacionales, el avance es del 18%, lo que equivale a una mejora de 100.000 pasajeros.

En lo que va de año, Ryanair ha transportado a unos 23.185.000 pasajeros en España, un 2,4% más que el pasado año. En los meses de verano ha mejorado su evolución, ya que hasta junio había perdido un 0,3% de su pasaje.

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