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REFORMA FINANCIERA

El Gobierno podrá intervenir los bancos que incumplan la reforma financiera

Las inmobiliarias con ayudas deberán vender el 5% de los activos cada año, según el Real Decreto sobre saneamiento financiero

El ministro de Economía, Luis de Guindos, tras el consejo de ministros del pasado viernes.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, tras el consejo de ministros del pasado viernes.ULY MARTÍN

El Ejecutivo de Mariano Rajoy se reserva la posibilidad de intervenir a las entidades financieras que incumplan el plan de saneamiento establecido en el real decreto publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado. La norma exige nuevas provisiones, fondos para cubrir posibles pérdidas, sobre los activos inmobiliarios de la banca por importe de unos 28.000 millones de euros. Asimismo, prevé la creación de sociedades inmobiliarias para que los bancos traspasen todos sus activos inmobiliarios.

El decreto señala que “todas las entidades de crédito y los grupos consolidables de entidades de crédito deberán cumplir las exigencias de provisiones antes del 31 de diciembre de 2012”. Para ello, los bancos deben presentar ante el Banco de España un plan con las medidas para cumplir con el límite de provisiones. Estas nuevas coberturas obligatorias para todos los activos vinculados al ladrillo podría conducir a algunas entidades saludables a pérdidas. El texto del decreto precisa: “el incumplimiento grave de algunas de las medidas incluidas en el plan aprobado por el Banco de España podrá determinar la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 9/2009”. La citada norma, aprobada por el anterior Gobierno socialista para fomentar la integración de las cajas de ahorros, señala que en las entidades con problemas de viabilidad se procederá a la restructuración ordenada del banco y se podrá llegar a la sustitución de sus órganos de administración o dirección, así como adoptar cualquier medida cautelar que estime el Banco de España.

Otra de las novedades del decreto publicado ayer es que se prevé que las entidades con ayudas deberán sacar los inmuebles de su balance en el plazo de tres años. Así, el artículo 4 establece: “las entidades que hayan recibido apoyo financiero del FROB dispondrán de un plazo de tres años a contar desde su entrada en vigor para adoptar y ejecutar las medidas precisas para que la vinculación de la sociedad para la gestión de activos sea como máximo la de la empresa asociada”. Además, estas nuevas sociedades inmobiliarias de los bancos que han recibido ayudas públicas deberán vender el 5% de los activos cada año. “Las sociedades [...] estarán obligadas a enajenar anualmente al menos, un 5% de sus activos a un tercero distinto de la entidad de crédito aportante”. Además, el decreto precisa que los administradores de estas sociedades deberán tener “experiencia acreditada en la gestión de activos inmobiliarios”.

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