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La CNMC confirma que Endesa y Gas Natural sean creadores del mercado de gas

El regulador propone que las compañías ofrezcan al Mibgas hasta un 5% de su volumen anual de aprovisionamientos

Tendido eléctrico cercano a la catedral de Pamplona.
Tendido eléctrico cercano a la catedral de Pamplona. EFE

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado el Informe de propuesta de metodología por el que se establecen una serie de obligaciones de creador de mercado a los operadores dominantes en el sector del gas natural. De esta forma, las empresas Gas Natural y Endesa estarán obligadas a ofertar en el mercado del gas, a las que la propia CNMC declaró el 6 de octubre del 2016 como los operadores dominantes en el mercado del gas.

El regulador propone que el límite máximo de cantidad a casar en el conjunto del año será igual al 5% del volumen anual de aprovisionamientos de gas a España de cada operador dominante.

En la actualidad, en el mercado español del gas, únicamente existe una empresa, (Gunvor Internacional), que actúa como creador de mercado y lo hace de forma voluntaria, a través del acuerdo que firmó con MIBGAS, el operador del Mercado Ibérico del Gas. Este acuerdo abarca el primer semestre de 2017.

Sobre la cantidad y los precios que Gas Natural y Endesa deberán ofertar en el mercado, la CNMC ha tomado como referencia principal, debido a las escasas referencias internacionales disponibles, el acuerdo voluntario que Gunvor firmó con MIBGAS a principios de 2017. Los operadores dominantes deben ser capaces de ofrecer, al menos, los mismos niveles de servicio que un operador con una cuota de mercado en España muy reducida.

La propuesta, que está recogida en la ley, fue presentada por el ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, Álvaro Nadal, para contener las subidas del precio del gas y, consecuentemente, de la tarifa eléctrica el pasado mes de enero en el mercado mayorista. Las empresas implicadas, que están estudiando la propuesta definitiva, manifestaron entonces que no solucionaba la urgencia que requería el aumento del precio de la energía que se había producido. Las fuentes consultadas subrayan, no obstante, que no supone un quebradero de cabea y que, además, está previsto en la ley. 

Dotar de liquidez

La normativa establece que para dotar de mayor liquidez al mercado del gas y si no hubiera operadores dispuestos a generarla voluntariamente o se considerase que su aportación es insuficiente, el Gobierno podrá establecer obligaciones de creador de mercado a los comercializadores de gas natural que tengan la condición de operadores dominantes. Además, los operadores dominantes que actúen como creadores de mercado tendrán la obligación de presentar ofertas de compra y venta simultáneas de gas por una cantidad determinada y con un rango máximo de separación de precios.

La capacidad de los operadores dominantes para actuar como creadores de mercado con un determinado volumen, depende de la flexibilidad en la gestión de sus entradas y de la demanda de gas. Por ello, se propone que las obligaciones de cantidades a ofertar para cada operador dominante se establezcan de manera proporcional a su cuota de aprovisionamientos de gas al sistema gasista español.

Durante 2016, primer año de funcionamiento del Mercado Organizado del Gas en España, el volumen total de gas negociado en nuestro país fue de 6.566 MWh, lo que equivale al 2% de la demanda nacional. Esta cantidad es muy inferior a la negociada en otros países europeos con sistemas similares.

La CNMC es la encargada de proponer al Ministerio de Energía, Turismo y Comercio la metodología a través de la cual los operadores dominantes presentarán sus ofertas de compra y venta en el mercado organizado del gas. La CNMC propone concentrar las medidas de fomento de la liquidez en los productos diario y mensual, a efectos de conseguir un incremento en los volúmenes de transacciones hasta el 2,5% de la demanda diaria (unos 22 GWh/día) en ambos productos.

Por otra parte, debido a la importancia que tiene la logística del Gas Natural Licuado (GNL) en el aprovisionamiento nacional y que estos aprovisionamientos se programan normalmente con bastante antelación, la CNMC considera que los nuevos creadores del mercado deberán priorizar en sus ofertas el producto mensual seguido del producto diario, para favorecer el desarrollo de los productos con mayores.

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