_
_
_
_
_
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

La jurisdicción voluntaria al servicio del ciudadano

La secretaria de Estado de Justicia destaca los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, más allá de la vía judicial

Carmen Sánchez-Cortés

Los ciudadanos se encuentran con frecuencia ante situaciones en las que están en juego cuestiones de gran relevancia en su esfera personal, familiar o patrimonial que pueden implicar una contraposición de intereses pero no una controversia o contienda jurídica como tal. Estas situaciones requieren un tipo de respuesta que asegure la brevedad y la sencillez, con plenas garantías de seguridad jurídica. A ello me voy a referir a continuación.

Hace diecisiete años y mediante una disposición final de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil nació el compromiso del Gobierno de trabajar en una Ley que regulara los expedientes de jurisdicción voluntaria.

Han sido muchos los años de trabajo y diversas las ocasiones desaprovechadas para que esta norma viera la luz, pero no fue hasta la X Legislatura cuando pudo ser finalmente aprobada. Hasta entonces, los expedientes de jurisdicción voluntaria eran poco conocidos, seguramente debido a que desde el año 1881 se encontraban dispersos y regulados de manera poco sistemática en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Con la aprobación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, el Gobierno ha dado cumplimiento a aquel compromiso, dotando a nuestro ordenamiento procesal civil de una mayor coherencia, racionalidad y modernidad.

Podemos afirmar que la puesta en marcha de la Ley de Jurisdicción Voluntaria ha supuesto un nuevo hito en la mejora, modernización y acercamiento al ciudadano a la Justicia, al abrir a diferentes profesionales del Derecho la resolución de asuntos que hasta entonces solo podían tramitarse en el marco de un proceso judicial. Un camino en el que se ha de continuar trabajando para ofrecer al ciudadano nuevos mecanismos que le permitan un reconocimiento fácil y sencillo de sus derechos y una ágil resolución de sus controversias.

La nueva regulación deja al conocimiento de jueces y magistrados aquellos expedientes que por afectar a derechos fundamentales o a determinadas personas merecedoras de especial protección, requieren de su intervención, como máximos intérpretes de la Ley y titulares de la potestad jurisdiccional. Respecto al resto de expedientes la Ley optó por ofrecer al ciudadano un amplio abanico de posibilidades a fin de que puedan acudir a profesionales perfectamente capacitados para su resolución: notarios y letrados de la Administración de Justicia, como titulares de la fe pública judicial y extrajudicial, y registradores, como especialistas en Derecho de la Propiedad y Mercantil y ello, además, en la mayoría de las ocasiones, en régimen de alternatividad, aumentando así la capacidad de elección de los ciudadanos.

Sin embargo, el abanico de posibilidades que ofrece la Ley de Jurisdicción Voluntaria y los beneficios que ofrece al ciudadano la nueva regulación aún no son bien conocidos, a pesar de que la norma está en vigor desde hace casi dos años. De ahí el interés del Ministerio de Justicia en acercar al ciudadano un mayor conocimiento de la Jurisdicción Voluntaria y de las ventajas que se derivan del recurso a la misma.

Para ello, hoy comienza la publicación de una serie integrada por diez artículos temáticos elaborados por profesionales del Derecho, fruto de la colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Fundación Wolters Kluwer. Estos artículos tratan de explicar algunos de los expedientes más frecuentes en la vida cotidiana del ciudadano, a quién o quiénes puede acudir para solucionarlos y la forma de hacerlo. De esta manera se ofrece una información práctica sobre diversos expedientes de Jurisdicción Voluntaria en materia de familia, herencias y sucesiones, reclamaciones de deudas, subastas o sociedades. Cada artículo va acompañado de una infografía para hacerlos aún más accesibles.

Pensamos que, igualmente, la publicación semanal de estos artículos en medios de comunicación como el que ofrece la sección 'Mis Derechos', de la página web del diario El País, hace que se cumpla uno de los principales objetivos en los que venimos trabajando, que no es otro que acercar la justicia al ciudadano, hacerla más ágil y accesible para todos y servirse para ello de los medios que las nuevas tecnologías ponen a nuestra disposición.

Carmen Sánchez-Cortés es Secretaria de Estado de Justicia

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_