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¿Cuándo es mejor contratar un seguro de vida y qué debes tener en cuenta?

Es importante saber distinguir entre las pólizas de cobertura por incapacidad y por fallecimiento y tomar en cuenta varios factores

Gettyimages

“¿Mi consejo? Siempre”. Así de tajante se muestra el director técnico de la correduría de seguros Lluch & Juelich Brokers, Carlos Lluch, a la pregunta sobre cuándo es mejor contratar un seguro de vida con cobertura por incapacidad. “Las prestaciones de la Seguridad Social no son suficientes”, según este experto vinculado al mundo de los seguros, para compensar los costes de asistencia a la familia de una persona que ha perdido su capacidad productiva, lo que justifica contratar este seguro en cualquier momento.

Si decide contratar un seguro de vida, eso sí, compare primero varias opciones, estudie el tipo de seguro que le interesa y compruebe la letra pequeña, desde las comisiones a las coberturas exactas, ya que es una inversión.

La cobertura por incapacidad no es la única modalidad en la que puede darse el seguro de vida y tal vez es el fallecimiento la primera opción en la que repara un usuario al pensar en este producto, que supone en España la gestión de unos 178 millones de euros, según los datos a 31 de diciembre que maneja la asociación empresarial de las aseguradoras, Unespa. “El fallecimiento de una persona no solo genera una pérdida en términos emocionales, sino también en la capacidad de sostenimiento de una cierta calidad de vida familiar, desde el cumplimiento de compromisos financieros –por ejemplo, la hipoteca– a la viabilidad de proyectos de vida, como pueden ser los estudios de los hijos”, subraya Lluch.

¿A qué edad y cuánto cuesta?

Lo habitual es que el seguro de vida se contrate a partir de los 30 años, explican en Unespa, porque es cuando generalmente “la persona tiene más cargas familiares y económicas”. La aseguradora Aegon indica que “la mayoría de los expertos coinciden en que la franja mejor para la contratación del seguro de vida oscila entre los 30 y los 50 años”.

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Lo ideal, en caso de que se decida la contratación de un seguro, es cubrir el fallecimiento por cualquier causa, según Lluch. “Pero cuidado, hay seguros que no van a cubrir el trabajo en la construcción o en un taxi, por ejemplo. O un simple paseo en bicicleta, y no es broma”, advierte el experto. Y, entre incapacidad permanente total e incapacidad absoluta, Lluch aconseja contratar la primera, “porque nos protege si no podemos ejercer nuestra profesión aunque podamos hacer otra menos cualificada”.

Ya sea por incapacidad o por fallecimiento, un seguro de vida debería cubrir “entre tres y cinco veces los ingresos anuales de la familia”, señalan desde Aegon. Asegurar 100.000 euros con cobertura por fallecimiento e incapacidad permanente total rondaría los 430 euros anuales para una persona de 45 años, 235 euros para una de 35, y unos 198 euros para otra de 25 años, calcula Lluch.

¿Quién es el beneficiario?

En el caso de la invalidez, el beneficiario de una póliza de vida suele ser el propio contratante. Para el supuesto del fallecimiento, sin embargo, “este puede designar a cualquier persona como beneficiario”, señalan en Unespa. Lo habitual es que se trate del cónyuge, los hijos o, en su defecto, los padres u otros familiares que sean los herederos que indique la ley.

“Los beneficiarios de un seguro, además, lo son incluso de forma preferente a los derechos de herencia, si no son revocados en testamento”, explica Lluch. “La designación se puede hacer en el contrato, en una posterior declaración escrita comunicada al asegurador o por testamento”, apunta la patronal de seguros. El contratante podrá modificar a los beneficiarios en cualquier momento y tantas veces cuantas desee pero estos deberán estar informados de la existencia de la póliza, señala Aegon.

¿Y si padeces alguna enfermedad?

Para contratar un seguro, la entidad aseguradora puede requerir que el contratante se someta a un reconocimiento médico. “Es una forma de medir el riesgo de la póliza”, afirman en Aegon. “Están en su derecho”, coincide Lluch. Este chequeo es lo que los seguros suelen pedir al cliente sobre todo “en el caso de que el importe que se quiere asegurar sea alto”, dicen desde Unespa. Por el contrario, cuando el capital no tiene un peso tan importante, “la aseguradora solicitará simplemente que el contratante cumplimente un cuestionario sobre su salud”.

Aegon asegura que si una persona padece alguna enfermedad, crónica o no, puede conseguir también un seguro de vida. Eso sí, “una vez estudiado el caso en particular y en función de la tipología de la enfermedad, podrá llevarse a cabo la tramitación de una póliza de vida con normalidad o se aplicaría una sobreprima, una exclusión o una limitación de garantías”, asevera. Sin embargo, para Lluch –quien presume haber sido el primero en España en diseñar un seguro para personas que hayan superado enfermedades graves– hacerse un seguro de vida si nos afecta alguna patología se antoja más bien “complicado”.

¿Debo aceptar un seguro con la hipoteca?

Quien, por el contrario, suele proponernos un seguro de vida al negociar una hipoteca aunque no lo hayamos solicitado es el banco. En ningún caso será obligatorio suscribirlo, pero deberemos ser conscientes de que también de esto depende el interés, más o menos alto, que la entidad financiera aplicará a la deuda que vayamos a contraer con ella. “Los seguros que ofertan los bancos ni son siempre los más solventes ni son los que mejores coberturas nos dan”, subraya Lluch. El ejemplo de la falta de cobertura de un paseo en bici “es de un seguro bancario”, añade.

De todas formas, en el caso de aceptar una póliza de vida vinculada con una hipoteca, “lo idóneo es que cubra el 100% del préstamo cuando uno de los miembros de la pareja fallezca”, afirman en Aegon, algo en que coincide Unespa.

Instrumentos de ahorro

De los 33 millones de personas que constituyen el total de clientes del sector asegurador a cierre del ejercicio 2016, cerca de 20 millones tienen un seguro de vida riesgo (fallecimiento e incapacidad, sobre todo), algo más de 3,5 millones tienen un plan de pensión, y otros 10 millones son clientes de un seguro de vida ahorro. Se trata de “un producto ideal para un sector importante de la población que presenta una mayor aversión al riesgo”, subrayan en Unespa, la asociación empresarial de las aseguradoras. El objetivo principal al contratar este tipo de seguro de vida es acumular una cantidad de dinero para cobrarla en forma de capital o de renta, que se puede también vincular a la jubilación.

A diferencia de otros productos estrictamente financieros, los seguros de vida ahorro suelen combinarse con la cobertura de fallecimiento o invalidez, apuntan en Unespa. “Si al alcanzar cierta fecha no hemos fallecido, tendremos derecho a un capital ahorrado”, explica el director técnico de la correduría de seguros Lluch & Juelich Brokers, Carlos Lluch. No obstante, el experto recomienda contratar solo seguros de ahorro puros y seguros de riesgo puros. “Con la bajada de tipos, es cada vez más complicado obtener una rentabilidad que compense el coste del seguro mixto”, dice.

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