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El Supremo exige revisar de urgencia el margen de comercialización de las eléctricas

El Alto Tribunal obliga al Gobierno a establecer un método de cálculo preciso antes del 30 de junio

Tendido eléctrico en Pamplona.
Tendido eléctrico en Pamplona. EFE
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El Tribunal Supremo ya ha puesto fecha para que el Gobierno revise el margen de comercialización de las eléctricas, que afecta a la tarifa regulada —ahora conocida como Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor o PVPC— y que está actualmente fijado en cuatro euros al año por kilovatio de potencia contratada. El plazo límite es el próximo 30 de junio, tan solo cuatro días después de las próximas elecciones generales, según ha dispuesto un auto de la sala de lo Contencioso-Administrativo al que ha tenido acceso Efe. 

El margen de comercialización se corresponde a la retribución que reciben las empresas que ofrecen la tarifa regulada —básicamente, las grandes eléctricas—, y es un concepto más que acaba en el recibo junto con los costes regulados y el coste de la energía. Su revisión obligaría a refacturar a unos 13 millones de consumidores acogidos al PVPC desde el 1 de abril de 2014, fecha en la que entró en vigor el nuevo sistema que sustituye la antigua Tarifa de Último Recurso (TUR) basada en subastas trimestrales.

La decisión del Supremo se produce tras que Iberdrola y Gas Natural Fenosa interpusieran en 2014 un recurso ante el tribunal, alegando que el margen de esos cuatro euros al año fijado por el Gobierno no llegaba a cubrir los costes que tienen que soportar las empresas para ofrecer la tarifa regulada. Adujeron además que no existe ningún método preciso de cálculo, técnico y objetivo, que justificara esta cifra. Fuentes del sector aseguran que los ingresos generados por ese margen rondan, actualmente, los 300 millones de euros.

La primera sentencia del Supremo llegó en noviembre del año pasado, cuando dio en parte la razón a las eléctricas al anular el apartado segundo de la disposición adicional octava del real decreto que regula el PVPC. Exigió entonces que el Gobierno “regulara con precisión la metodología de cálculo del margen de comercialización fijo”. En esta última sentencia ratifica el dictamen del año pasado e impone al Gobierno a adoptar en Consejo de Ministros una nueva metodología de cálculo en un plazo específico. Sin embargo, en el Alto Tribunal no entró en ningún momento a valorar si el margen actual es suficiente para cubrir los costes o si es necesario ampliarlo como exigen las eléctricas, y refacturar así en exceso a los consumidores acogidos a la tarifa regulada.

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