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Bimbo no puede registrar su marca en toda la UE porque significa “niño” en italiano

El Tribunal de Justicia desestima el recurso del grupo alimentario que quería registrar su nombre como marca comunitaria

Un repartidor de Bimbo en Ciudad de México.
Un repartidor de Bimbo en Ciudad de México.SUSANA GONZÁLEZ (bloomberg)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado este viernes el recurso del Grupo Bimbo contra la decisión de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI). Este organismo le impidió registrar en toda la UE su marca para productos de panadería, pastelería y confitería, al carecer de carácter distintivo para el público italiano, y la justicia avala el rechazo.

La OAMI denegó en mayo de 2013 el registro de la marca Bimbo por su significado en italiano, ya que es la traducción de "niño" y, por tanto, define al público al que se quiere destinar y carece de carácter distintivo respecto de los productos para los que se quiere registrar. Además, concluyó que la marca solicitada, escrita con caracteres estándar y sin ningún tipo de elemento adicional, "no indica el origen empresarial" de los productos, sino que es percibida como "una mera indicación del público al que están destinados".

El grupo alimentario defendió el registro de su marca y, además, alegó que la OAMI quebró el principio de seguridad jurídica y produjo indefensión, al no haber respetado el procedimiento administrativo contradictorio.

Una descripción, no una marca

La oficina europea desestimó los argumentos de Bimbo y la compañía presentó recurso ante el TUE. En su sentencia de este viernes, el tribunal europeo rechaza que hubiera irregularidades en la notificación de los motivos, dado que Bimbo pudo presentar observaciones y fueron tenidas en cuenta. También avala la decisión de la OAMI de considerar que la marca solicitada tienen carácter "descriptivo" para el público italiano, al tiempo que concluye que Bimbo no logró demostrar que la marca hubiese adquirido "carácter distintivo" a través del uso de sus productos.

Los jueces europeos consideran que la OAMI estuvo en lo cierto al considerar que la marca solicitada tenía carácter descriptivo para el público de habla italiana en lo que respecta a los productos alimenticios para los que se solicitó el registro. Consideró fundado que el signo Bimbo informaba de modo inmediato a los consumidores de habla italiana, sin necesidad de que éstos tuvieran que pararse a pensar, acerca de la clase de personas a la que están destinados los productos en cuestión.

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