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Tribuna
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Nueva amenaza para los bancos: los compradores de casas que nunca se entregaron

La devolución del dinero anticipado por los miles de afectados que claman justicia podrá suponer millones de euros

Durante la burbuja inmobiliaria fueron miles las familias que se vieron atrapadas en la compra de una vivienda sobre plano. Tras anticipar fuertes cantidades de dinero, al tiempo se encontraban con que ni la promotora les entregaba su vivienda ni nadie se responsabilizaba de devolverles sus ahorros.

Promesas incumplidas, retrasos y más retrasos, promotoras en concurso de acreedores, bancos y entidades aseguradoras que no entregaban los exigidos avales bancarios y seguros, y un sinfín de situaciones a las que los afectados no sabían cómo hacer frente, haciendo que la gran mayoría claudicara creyendo imposible la recuperación de lo que era suyo.

Cuando el comprador de la vivienda tenía un aval bancario individual o un seguro, parecía que la recuperación del dinero sería más fácil, pero ¿qué ocurría cuando al comprador nunca se le entregaba ese aval individual? Que los afectados no sabían ni siquiera a quién reclamar, sintiéndose impotentes, estafados e ignorados.

Fue en diciembre de 2014 cuando una sentencia exigió por primera vez a un banco no sólo que devolviera las cantidades entregadas a cuenta sino también que se hiciera responsable del 6% de los intereses y de las costas. La sentencia fue novedosa porque ese comprador no tenía aval bancario individual. Se abría así, la primera puerta para que todas esas familias pudieran recuperar su dinero.

Ahora, es un nuevo fallo de la Audiencia Provincial de Valencia el que, nuevamente, vuelve a responsabilizar a los bancos de la devolución de esas cantidades entregadas a cuenta por los compradores destacando, como novedad, que da igual que no existiera ningún tipo de aval bancario por parte de la entidad financiera. De esta forma, la puerta se abre aún más para todos los afectados.

En los últimos años, hemos visto como los bancos no paran de recibir varapalos judiciales: preferentes, swaps, cláusulas suelo, hipotecas referenciadas al IRPH, etc., varapalos a los que ahora hay que sumar los millones de euros que podrá suponer la devolución del dinero anticipado por los miles de compradores de vivienda nueva, que claman justicia en la devolución de sus ahorros.

Sin embargo, mientras los jueces dan la razón a los afectados, convirtiendo a los bancos y entidades aseguradoras en corresponsables de las terribles secuelas que dejó el boom inmobiliario y la crisis, las normativas van cambiando.

En este sentido, a principios de este año, entró en vigor una nueva ley del seguro que afecta directamente a los derechos de los compradores de vivienda sobre plano reduciendo sus derechos.

La nueva ley establece una fecha de caducidad a la reclamación que pudiera hacer el comprador fijando un plazo de dos años, antes eran 15, y además reduce las cuantías que quedarán garantizadas. A partir de ahora, el comprador de vivienda nueva sobre plano habrá de asesorarse con mayor celo antes de efectuar cualquier operación si no quiere verse nuevamente perjudicado.

Fernando Salmerón es Director del Bufete Salmerón

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