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Competencia aprueba el registro de ‘lobbies’

Es de carácter voluntario, público y gratuito y traslada las buenas prácticas que ya son habituales en otros países y en Bruselas

Miguel Ángel Noceda

La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha reglado, en el pleno del organismo celebrado hoy, su normativa sobre lobbies con la creación de un Registro de Grupos de Interés. Este registro será de carácter voluntario, público y gratuito. Con esta iniciativa, la CNMC pretende dar un paso más en materia de Buen Gobierno y Transparencia, trasladando las buenas prácticas que ya son habituales en otros países y en la Comisión Europea, que es el marco de referencia.

Esta decisión se enmarca en el artículo 37 de la Ley 3/2013, norma de creación de la CNMC, que establece con claridad la obligación de transparencia. El ejercicio profesional de los grupos de interés ya ha sido regulado en EE UU mediante el Lobbying Disclosure Act (aprobado en 1995), y en la Comisión y en el Parlamento europeos que implantaron un Registro común denominado “Transparency Register” (aprobadoen 2011). El Registro de Grupos de Interés tiene como objetivo crear un mecanismo institucional que haga transparente, de la forma que nos es posible, la contribución externa a la actividad de la CNMC, en cualquiera de sus vertientes.

El organismo que preside José Maria Marín Quemada recuerda que "los grupos de interés desempeñan un papel importante y legítimo en el proceso democrático. Es un derecho fundamental que los representantes de la sociedad civil tengan acceso a las Instituciones, recabar información, defender su situación o instar a cambiar la legislación que les afecta". "De hecho", prosigue, "la intervención de la sociedad civil a través de los grupos de interés es útil para el eficaz funcionamiento de la Comisión, pero a la vez es prudente exigir que ese trato sea suficientemente transparente, y esté dotado de mecanismos de control, de forma que permita a cualquier ciudadano conocer cuál es la relación que mantienen nosotros, y en qué medida sus actuaciones contribuyen a modificar o conformar nuestras decisiones".

El registro tiene como finalidad habilitar ese cauce y permitir una relación completamente transparente con los grupos de presión. De esta forma se trata de limitar la posibilidad de influencias improcedentes o, simplemente, contrarias o no alineadas con los intereses generales señalados en la Ley 3/2013 de creación de la CNMC.

La adhesión al Registro de Grupos de Interés implica la asunción de un Decálogo ético que recoge los principios de actuaciónen las relaciones con los miembros de la CNMC (presidente, consejeros, directores y técnicos). Podrán adherirse al Registro empresas y grupos de empresas; asociaciones profesionales, empresariales o sindicales; consultorías profesionales; despachos y bufetes colectivos, asociaciones, plataformas y redes; grupos de análisis y reflexión, e instituciones académicas, etc. Para ello, se han establecido cinco categorías de grupos de interés, que dispondrán de un procedimiento para mantener actualizados sus datos.

La CNMC, al objeto de dar cumplimiento al artículo 37 de la Ley 3/2013 de creación de esta institución, ya publica y mantiene actualizada la Agenda de las reuniones que mantienen los consejeros y los directivos de la CNMC con empresas. También se publican todas las Resoluciones y los Informes que aprueba el Consejo, así como la incoación de expedientes sancionadores, las inspecciones que realiza la Autoridad de Competencia y las sanciones que impone la CNMC.

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Sobre la firma

Miguel Ángel Noceda
Corresponsal económico de EL PAÍS, en el que cumple ya 32 años y fue redactor-jefe de Economía durante 13. Es autor de los libros Radiografía del Empresariado Español y La Economía de la Democracia, este junto a los exministros Solchaga, Solbes y De Guindos. Recibió el premio de Periodismo Económico de la Asociación de Periodistas Europeos.

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