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El Supremo ordena volver a dictar sentencia contra exdirectivos de CAM

El alto tribunal anula la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al exdirector general de la Caja Mediterráneo

Roberto López Abad, durante la investigación de la comisión de las Cortes Valencianas sobre la CAM, en mayo de 2012.
Roberto López Abad, durante la investigación de la comisión de las Cortes Valencianas sobre la CAM, en mayo de 2012.Jordi Vicent

El Tribunal Supremo ha anulado este viernes la sentencia dictada el pasado mes de febrero por la Audiencia Nacional que absolvió al exdirector general de la Caja Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y al expresidente de la Comisión de Control Juan Ramón Avilés por favorecer dietas presuntamente irregulares que habrían cobrado 19 miembros de la entidad, que oscilaron entre los 9.000 y 308.700 euros. El alto tribunal ha ordenado repetir la resolución teniendo en cuenta las peticiones realizadas como acusación particular la propia CAM y el Fondo de Garantía de Depóstito (FGD).

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Ambos directivos fueron absueltos por la Audiencia Nacional de los delitos de apropiación indebida, administración desleal y otorgamiento de contrato simulado en relación al cobro de las dietas y la concesión de créditos a empresas vinculadas a Avilés. Entonces, la Audiencia Nacional fundamentó sus absoluciones en el hecho de que "todos los préstamos y disposiciones extraordinarias fueron bendecidos por la entidad y pasaron todos los filtros internos".

La sentencia de la Audiencia Nacional también exoneró a otros 18 miembros de la Comisión de Control de la CAM que percibieron, junto al presidente Avilés y gracias a su nombramiento en otra comisión creada en la sociedad participada al cien por cien por la caja

El alto tribunal ha anulado ahora aquella sentencia que les exoneraba de los delitos de apropiación indebida, administración desleal y otorgamiento de contrato simulado y ordena a la Audiencia que acepte la legitimación de las dos acusaciones particulares para presentar cargos contra los acusados.

El Supremo argumenta que la decisión de no contestarles al restarles legitimidad fue "errónea" y "carente de legitimidad alguna" por lo que los mismos magistrados que dictaron la sentencia absolutoria deben redactar una nueva.

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