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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

La deuda pública y la banca

Otorgar algo de riesgo a la deuda pública es útil para deshacer la unión entre la banca y los Estados y puede ser un incentivo para el crédito

Las entidades financieras españolas tienen en su balance, en agosto de 2015, unos 250.000 millones en títulos emitidos por las administraciones públicas españolas, el doble que hace unos años y no muy lejos del 10% del activo total. Tres razones se conjugan para explicar esta abultada cifra: el débil pulso de la inversión crediticia a residentes, que ha llevado a los bancos a invertir en colocaciones alternativas; la no exigencia de capital regulatorio por invertir en deuda pública; y el atractivo diferencial obtenido por los bancos cuando financian esa deuda pública con fondos del BCE.

Un tema interesante de debate —que ha vuelto a la palestra estos días tras su introducción en Suecia, su reclamación por parte del Bundesbank y su análisis en el BIS— es si debería aplicarse algún tipo de consumo de capital sobre la mencionada deuda pública, al menos sobre la perteneciente a los países con finanzas más débiles y teóricamente más expuestos a algún impago futuro. De hecho, en los análisis previos a la entrada en vigor del supervisor único europeo (revisión de la calidad de los activos bancarios y test de estrés de las entidades financieras europeas), se quisieron aplicar ciertos descuentos.

Los argumentos a favor de que la deuda pública consuma capital son los siguientes. Desde el punto de vista técnico, tiene riesgo; quizás la alemana no lo tenga prácticamente y ahí podría estar justificado el consumo cero. Pero en países periféricos como España no está excluido completamente el riesgo de reestructuración de la deuda y cualquier cambio en su plazo, tipo de interés o volumen a devolver (quita) afectaría al precio. Además, también hay un riesgo de interés en todos los títulos, incluso en la deuda de países core, especialmente intenso ahora que los tipos están por los suelos. El argumento económico es que, si se requiere capital, estaremos contribuyendo a separar el riesgo soberano y la solvencia bancaria porque las entidades financieras invertirán menos en deuda. Si se ha emprendido el camino hacia la unión bancaria, en parte con el argumento de separar el soberano y la solvencia, bien puede darse este paso adicional.

El argumento práctico es que establecer requerimientos de capital a la deuda pública es una forma de impulsar el crédito al sector privado, que tanta literatura está consumiendo. Esa reclamación de capital altera la relación rentabilidad/riesgo de los activos y puede llevar a una reasignación de recursos bancarios hacia colocaciones más productivas. La asignación a la deuda pública, especialmente la de inferior calidad, de un requerimiento de capital podría tener sentido, pero con varias condiciones: que su aplicación sea general (normas de Basilea) y no sólo para la eurozona; que el porcentaje de capital a exigir sea moderado, aunque podría ser aceptable la aplicación de recargos si hay alta concentración; y, sobre todo, que no se haga de golpe sino que a través de un plazo suficiente de implementación. Piénsese en la catástrofe que sería para las entidades españolas ponerse a buscar capital para cubrir el riesgo de su deuda pública o tener que vender ésta forzadamente.

En definitiva, establecer requerimientos permanentes de capital regulatorio sobre la deuda pública de baja calificación, si se hace en tiempo y forma, podría resultar útil para disminuir los riesgos del cruce de deuda y rescates entre Estados y banca. Además, sería un incentivo para el crédito.

Carmelo Tajadura es experto financiero y ex alto ejecutivo bancario.

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