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La banca aportará 11.600 millones para paliar la quiebra de entidades

El Gobierno aprueba la norma que culmina el proceso de adaptación a la Unión Bancaria Quedan cubiertos los depósitos hasta 100.000 euros

El Gobierno ha aprobado este viernes el real decreto que culmina el proceso de adaptación de la normativa española a la Unión Bancaria y que fija las nuevas reglas para actuar con rapidez y evitar el colapso de una entidad, así como su posterior resolución.

Según han explicado fuentes del Ministerio de Economía, el rescate siempre se haría teniendo en cuenta que los accionistas serán los primeros en afrontar pérdidas y no los contribuyentes, como ha ocurrido en esta crisis, y quedan garantizados los depósitos de hasta 100.000 euros.

Para conseguir estos objetivos se modifican las aportaciones de la banca española al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que para 2024 debe cubrir como mínimo el 0,8% de los ahorros de hasta 100.000 euros, lo que supone aproximadamente unos 6.400 millones.

Al mismo tiempo, se irá engordando el nuevo fondo de resolución europeo, cuyo objetivo es que atesore el 1% de los depósitos garantizados en la zona del euro, lo que supone una aportación mínima de los bancos españoles de unos 5.300 millones hasta 2024. En total, la nueva factura para la banca española ascendería al menos a un total de 11.700 millones, aunque no se puede obviar que el FGD español cuenta ya con algunos recursos, bastante escasos, por lo que la cifra es una estimación.

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El Parlamento Europeo aprueba el mecanismo único de liquidación bancaria

El dinero del fondo nacional se integrará en el fondo único de resolución europea con el resto de aportaciones hechas en otros países de la zona del euro por sus bancos, después de enero de 2016, cuando se constituye la hucha común para los rescates bancarios de la región.

Devolver el dinero en siete días

La protección se amplía a depósitos que antes no estaban cubiertos, ya que, por ejemplo, se incluyen el dinero de las entidades locales, los ayuntamientos, con un presupuesto menor a medio millón de euros al año, cuyos depósitos de hasta 100.000 euros también estarán protegidos. También se agiliza el pago a los depositantes, al reducir los veinte días hábiles actuales a siete días en 2024. 

Para evitar futuras crisis financieras en Europa, las entidades deberán presentar al menos anualmente una hoja de ruta al supervisor en la que expliquen cómo reconducirían su situación si se complican las circunstancias financieras, por ejemplo, a través de medidas para reforzar su capital o mejorar su posición de liquidez, previendo distintos escenarios.

Se trata de planes de recuperación que el supervisor, ya sea el Banco de España o la CNMV para las empresas de servicios de inversión, se encargarán de evaluar. De esta forma, en la fase preventiva, las entidades estarían preparadas para evitar su colapso porque si no es así, entrarían en la fase de resolución y será entonces cuando se determine las medidas a seguir.

Así por ejemplo, el real decreto regula el funcionamiento de una entidad puente que podrá constituir el FROB para salvar la parte más sana de la entidad, y la formación, mecanismos de control y funcionamiento de las sociedades de gestión de activos.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que ha aprobado la norma, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha destacado que lo fundamental es que los costes de resolución de una entidad serán asumidos por los accionistas, los acreedores y el fondo

de resolución.

De este modo, ha añadido, se limita la utilización de recursos públicos, siempre con el objetivo de garantizar la máxima protección a los depositantes. Además, el real decreto desarrolla el funcionamiento del FROB como nueva Autoridad Nacional de Resolución y las contribuciones que las entidades

deberán hacer al fondo nacional de resolución teniendo en cuenta su tamaño y perfil de riesgo.

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