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Telefónica sufre otro revés en Perú

La operadora arrastra un pleito con la hacienda peruana que dura más de una década

Ramón Muñoz

Telefónica sigue pleiteando en Perú por un conflicto con el fisco que dura ya más de 13 años. Esta vez la Corte Superior Corte Superior de Justicia de Lima ha fallado en contra de la multinacional española al considerar que el pago de intereses por la deuda tributaria que presuntamente arrastra se eleva a 533 millones de soles (149 millones de euros). De esta cantidad, la empresa española no reconocía como intereses de demora el equivalente a 274 millones de soles (76 millones de euros), puesto que entiende que la dilación es responsabilidad del Fisco y, por tanto, no corresponde cargarle ese importe. En todo caso, esos intereses solo se pagarán si Telefónica pierde el largo proceso judicial que arrastra desde hace más de una década.

Telefónica del Perú inició con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –(Sunat) un pleito por el pago del Impuesto de Sociedades del año 2000. Como consecuencia de reiteradas dilaciones y recursos, la deuda que le reclama la Hacienda peruana actualmente es de 657 millones de soles (184 millones de euros), de los que 599 millones de soles (167 millones de euros, es decir, el 91% corresponde a intereses de demora.

El grupo español ha recurrido ante los tribunales no solo la deuda tributaria, sino también el cálculo de los intereses, al entender que una parte (274 millones de soles) se producían fuera del plazo legal o razonable, por demoras achacables a la propia Administración tributaria.En el primer caso, un tribunal de primera instancia le dio la razón pero Telefónica perdió el caso en segunda instancia, y ahora deberá dirimirse en el Tribunal Constitucional.

En cuanto al proceso paralelo por los intereses, la Corte Superior Corte Superior de Justicia de Lima, en una resolución del pasado 7 de septiembre, desestima el recurso de Telefónica del Perú contra el cálculo de esos intereses y da la razón a la Sunta. El grupo español sostenía que tanto el fisco como el Tribunal Fiscal excedieron el plazo señalado en la ley para resolver el caso tributario en 6 años, 2 meses y 25 días, por lo que cuestionaba que se le aplicasen la totalidad de los intereses de demora calculados por el Fisco por una dilación que no era responsabilidad suya.

No obstante, el fallo considera que el ordenamiento tributario peruano consigna el modelo de la mora automática, pues los intereses moratorios se originan como consecuencia inmediata de la falta de pago oportuno de un tributo, devengándose automáticamente desde que la obligación tributaria se hace exigible. “Esto es, la deuda tributaria no pagada, con independencia de las causas motivadoras del no pago, devenga intereses. De manera que los intereses moratorios surgen como una consecuencia del incumplimiento al deber de contribuir”, indica el auto.

La Sala establece que aunque se haya vencido el plazo legal para resolver un expediente no existe una fecha de vencimiento para aplicar los intereses moratorios por parte del fisco, por lo que hay que seguir pagando esos intereses. Añade que la demora sobre el plazo legal para resolver no deja sin efecto resoluciones anteriores ni puede perjudicar el derecho a cobro del Estado. El fallo contó con un voto particular en contra de los cuatro magistrados que participaron en el mismo

Recurso de Telefónica

Pese a este último revés, el grupo español se ha “ratificado en el convencimiento de que la aplicación de los intereses moratorios fuera del plazo legal es inconstitucional”, y recurrirá la sentencia ante el Tribunal Constitucional. “Si la Autoridad Tributaria incumple con sus obligaciones y resuelve vencidos los plazos legales, no puede luego pretender el cobro de intereses moratorios generados por su propio incumplimiento, pues lo contrario significaría un incentivo perverso para que el Estado dilate el trámite de los procedimientos tributarios, a fin de incrementar la deuda con los intereses moratorios, en caso que sus pretensiones no sean finalmente declaradas contrarias al ordenamiento jurídico”, señalaron en fuentes de la compañía.

Telefónica mantiene un largo conflicto con las autoridades tributarias peruanas. El Tribunal Fiscal de Perú notificó a la compañía española el pasado mes de marzo una resolución negativa sobre el principal contencioso correspondiente al impuesto de sociedades de los ejercicios 2000 y 2001 y de los pagos a cuenta del ejercicio 2000, así como la compensación de saldos a favor de los ejercicios 1998 y 1999.

El importe reclamado inicialmente por ambos expedientes se vio reducido sucesivamente tras los recursos interpuestos por Telefónica del Perú contra las liquidaciones recibidas, hasta que finalmente la compañía pagó 286 millones de soles peruanos (80 millones de euros) durante los ejercicios 2012 y 2013 a la espera de las resoluciones correspondientes.

No obstante, el Tribunal Fiscal falló en marzo en contra de la empresa y le ha remitido una liquidación a pagar de 1.581 millones de soles peruanos (437 millones de euros). Se trata de una resolución administrativa que ya ha sido recurrida por el grupo español que solicitó además medidas cautelares para suspender el pago de la liquidación, según reconoció en el folleto ampliado de sus cuentas de 2014.

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Sobre la firma

Ramón Muñoz
Es periodista de la sección de Economía, especializado en Telecomunicaciones y Transporte. Ha desarrollado su carrera en varios medios como Europa Press, El Mundo y ahora EL PAÍS. Es también autor del libro 'España, destino Tercer Mundo'.

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