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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Invertir en cine

El nuevo modelo de ayudas aumenta la seguridad jurídica,

En 2014 se realizaron 174 largometrajes y documentales íntegramente españoles, el mismo número que en 2013, y máximo histórico. El éxito de público del cine español (las dos películas más taquilleras de 2014 fueron producciones nacionales) coincide con un momento interesante para su financiación. El nuevo modelo de ayudas del Ministerio de Cultura, pasa de las ayudas posteriores al estreno, que exigía unos ingresos mínimos en taquilla, a las ayudas definidas al inicio del proyecto. En el modelo anterior, la ayuda que recibía la película estaba sujeta a la incertidumbre de la asignación total de ayudas en los Presupuestos Generales del Estado en el momento del cobro, es decir, dos o tres años más tarde de iniciarse el proyecto. Con el nuevo modelo aumenta la seguridad jurídica, ya que el importe de la ayuda se conocerá desde que el proyecto sea seleccionado. Los criterios de elección de los proyectos tendrán en cuenta el plan de financiación, por lo que cobra mayor relevancia la búsqueda de inversores.

El perfil de rentabilidad-riesgo de la producción de cine es especialmente atractivo para los inversores en un entorno de tipos de interés bajos. La labor del productor es precisamente acotar el riesgo del proyecto a través de la obtención de ayudas y de la firma de los contratos de venta de derechos (distribución nacional e internacional, emisión en televisión en abierto y de pago) que generarán ingresos durante los tres años siguientes al estreno. Una vez firmados los contratos, se puede empezar a rodar con la financiación obtenida mediante anticipos a cuenta de los ingresos futuros de contratos. El principal riesgo para los inversores y financiadores es que el rodaje se complique y se acabe el dinero sin haber terminado la película. Sin película no hay ni ingresos ni ayudas, y los inversores y financiadores pierden la totalidad de sus fondos. Los factores que mitigan el riesgo de no finalización son en primer lugar, la trayectoria y experiencia del productor y de su equipo, y segundo lugar, se puede contratar un seguro de buen fin que indemnice a los inversores en caso de que no se finalice la película.

La rentabilidad financiera se complementa con el incentivo fiscal para los particulares y empresas que inviertan en producciones cinematográficas, y que permite deducir el 20% de la inversión en la cuota del Impuesto sobre Sociedades o el IRPF. Pero precisamente la necesidad de utilizar estructuras fiscalmente transparentes como las Agrupaciones de Interés Económico complica la creación de fondos de inversión cerrados que inviertan de manera estable y recurrente en producciones cinematográficas.

Con un coste medio de producción por película inferior a dos millones de euros, las plataformas de financiación participativa (PFP o crowdfunding) también están llamadas a ser una vía complementaria de financiación, tanto en la versión recompensa como, cada vez en mayor medida, a través de préstamos con tipo de interés explícito. La descripción del proyecto para el inversor medio, que la regulación de PFP exige que sea de forma concisa y en un lenguaje no técnico, será fácil de realizar con el reclamo del director o los actores.

Arturo Rojas y Pablo Guijarro son profesores de Afi Escuela de Finanzas Aplicadas.

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