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Competencia recurre la norma de Madrid sobre apartamentos turísticos

Considera un obstáculo al libre mercado que no puedan contratarse por menos de cinco días

Turistas extranjeros se fotografían en la plaza de España en una imagen del verano de 2013.
Turistas extranjeros se fotografían en la plaza de España en una imagen del verano de 2013.LUIS SEVILLANO

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado recurrir en los tribunales el Decreto 79/2004, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid.

En concreto, el recurso de la CNMC se dirige contra el artículo 17.3 del Decreto de la Comunidad de Madrid, a tenor del cual las viviendas de uso turístico no podrán contratarse por un período inferior a cinco días.

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Según la CNMC, eson crea un obstáculo a la competencia efectiva en los mercados porque restringe la capacidad de elección del consumidor (eliminando del mercado a cierto tipo de operadores que no superen esos requisitos mínimos) o bien eleva los costes de los operadores, lo que se verá reflejado en el precio que los consumidores deberán pagar por el alojamiento.

La CNMC llega a la conclusión de que la medida no está justificada en términos de necesidad y proporcionalidad y producirá una restricción grave para la competencia en este mercado, además de perjuicios a los consumidores; por todo lo cual, debe ser eliminada.

La Comunidad de Madrid reguló las viviendas de uso turístico en julio del año pasado. Según dicha regulación, no pueden contratarse por un periodo menor de cinco días ni ser vivienda habitual. Además deben estar equipadas (amuebladas, acceso telemático), garantizar el libre acceso al público sin discriminaciones de ningún tipo y tienen una única categoría, al revés que ocurre por ejemplo con los hoteles (catalogados por estrellas). Las viviendas de uso turístico pueden estar en un bloque de pisos con otras viviendas que sí son residenciales. Deben tener una placa a la vista que acredite que cuentan con el permiso del Ejecutivo autonómico. Sus precios han de estar expuestos en un lugar visible a la entrada.

Las viviendas de uso turístico han provocado fuerte polémica sobre todo en Cataluña y la Comunidad Valenciana, pues consideran que dañan a los negocios hoteleros y turísticos tradicionales. Portales como Airbnb, que pone en contacto oferta y demanda de alojamiento, han tenido un gran auge. Además, su proliferación ha provocado molestias a los vecinos en algunas zonas de ciudades como Barcelona.

 El recurso de la CNMC se interpone al amparo del artículo 5.4 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, el cual establece que la CNMC está legitimada para impugnar los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho administrativo y las disposiciones de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados.

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