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Hay que llevar el coche al taller

La reparación de nuestro vehículo despierta una serie de problemas jurídicos

Thiago Ferrer Morini
Las reparaciones requieren atención.
Las reparaciones requieren atención.JAVIER BARBANCHO

Hay que llevar el coche al taller: una experiencia prácticamente inevitable para los propietarios de un automóvil, pero que aun así despierta un montón de preguntas complicadas para el consumidor. El departamento jurídico de la patronal del sector de los talleres Ganvam ha elaborado una pequeña guía para orientar al cliente para que éste sepa qué hacer a la hora de arreglar su vehículo.

Tanto como si sabemos qué problema tiene el vehículo como si vamos a preguntar qué le pasa, lo primero que tiene que hacer el taller cuando le llevamos nuestro automóvil es darnos un resguardo de depósito, que en muchos casos suele ser una orden de reparación. En ese documento tienen que constar los datos del taller, del vehículo y de su propietario, así como las operaciones a realizar y la fecha estimada de conclusión.

Tenemos derecho a que el taller nos elabore un presupuesto previo a la reparación, salvo que renunciemos a él expresamente. En algunas comunidades autónomas, como Asturias o Madrid, es obligatorio escribir la renuncia de puño y letra. En otras, la renuncia puede estar impresa en el documento. Tanto las órdenes de reparación como los presupuestos tienen una validez de 12 días hábiles.

Sin la firma del presupuesto —o la renuncia— el taller no puede empezar la reparación. Atención: aunque no aceptemos el presupuesto, el taller nos puede cobrar lo que haya costado elaborarlo, es decir, detectar la avería, si la hay. En cualquier momento podemos desistir de la reparación, aunque deberemos pagar los gastos, incluida la mano de obra y las piezas que se hayan comprado.

Si ya tenemos el presupuesto y no lo aceptamos, o el coche está arreglado, el consumidor tiene tres días hábiles para sacar el vehículo del taller antes de que se cobren gastos de estancia —aunque estos solo deberían cobrarse si el local donde está nuestro automóvil está bajo custodia del taller. Según el Código Civil, el taller tiene derecho a retener el vehículo hasta que se hayan pagado todos los gastos de la reparación, y, si fuese necesario, tramitar su subasta si esta cubriera el coste del arreglo y la permanencia.

Uno de los temas más espinosos es el tiempo que el taller puede tardar en reparar nuestro vehículo. A falta de un reglamento que defina los plazos, el Real Decreto que regula el sector, de 1986, solo dice que el tiempo debe tener una “adecuada relación con la entidad de la avería y/o las operaciones a realizar“. Ganvam recomienda un plazo máximo de 20 días, sin contar el tiempo que tarden en venir las piezas de repuesto desde el pedido a su llegada. Hay que recordar que, en la mayoría de los casos, el vehículo de sustitución es una cortesía y no un derecho, salvo que nuestro seguro nos diga lo contrario.

Durante la reparación, pueden encontrarse fallos adicionales. El taller tiene que informarnos inmediatamente y solo repararlos con nuestro permiso. Eso sí, si nos negamos a arreglarlos el taller tiene que incluir nuestra negativa en la factura —y, así, si esos problemas van a más, serán nuestra responsabilidad. Las reparaciones tienen una garantía de tres meses —15 días para vehículos industriales— o 2.000 kilómetros, aunque ésto es solo para la reparación: no incluye las piezas.

Por último, muchos productos para el automóvil —como algunas marcas de neumáticos— ya llevan incluido en el precio los gastos de gestión que supone reciclarlos o desecharlos de forma respetuosa con el medio ambiente. Si no estuviese incluido, el taller tiene derecho a cobrarnos por ello. 

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Sobre la firma

Thiago Ferrer Morini
(São Paulo, 1981) Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad Complutense de Madrid. En EL PAÍS desde 2012.

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