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Los directivos de las mutuas no podrán cobrar más que los ministros

El sueldo de los gerentes y los presidentes también se limitará, no superará lo que cobran los dirigentes de las empresas públicas

Otra vuelta de tuerca al control al salario de los directivos de las mutuas de accidentes de trabajo. En el proyecto de ley en trámite en el Parlamento, se ha limitado el sueldo de los directores gerentes y de los presidentes. No podrán percibir más de lo que gane, incluyendo la parte fija y variable, un presidente de empresa pública. Ahora, tras el paso de la norma por el Congreso (ahora pasa al Senado), se ha limitado el sueldo del resto de directivo, tras aceptar el PP una enmienda de UPyD. La nueva redacción de la ley pone un límite las retribuciones de estos directivos por todos los conceptos: lo que cobre el ministro de Empleo, unos 69.000 euros al año. No obstante, tanto para los directores gerentes y presidentes como para el resto de directivos, los sueldos estarán modulados en función del tamaño de la mutua, algo que regulará en un reglamento.

 Además, también se incluyen más elementos de control sobre las retribuciones de los empleados de las mutuas, puesto que se introduce la obligación de que los planes de pensiones de estos empleados precisen del visto bueno del Ministerio de Empleo todos los años.

La norma fue aprobada ayer por la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados con los votos del PP. UPyD y CiU, por su parte, se abstuvieron tras aceptar el grupo mayoritario alguna de sus enmiendas. El resto de grupos ha votado en contra. Ahora el texto pasa al Senado.

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