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La sanidad pública pierde poder en el control de las bajas laborales

Las mutuas ganan margen para instar a médicos e inspectores el alta de los trabajadores Se elimina la necesidad de renovar las bajas cada semana

En el centro, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, con la ministra de Fomento, Ana Pastor, a la izquierda, y la responsable de Empleo, Fátima Báñez.
En el centro, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, con la ministra de Fomento, Ana Pastor, a la izquierda, y la responsable de Empleo, Fátima Báñez. Álvaro García

Las mutuas podrán controlar las bajas de los trabajadores desde el primer día. Ya no tendrán que esperar hasta decimosexto, como ocurre ahora. Podrán llamar al trabajador, citarle a revisión y emitir propuestas de alta que los servicios públicos de salud y la Seguridad Social deberán responder en un máximo de nueve días. Es uno de los cambios que figuran en el proyecto de Ley de Mutuas que el Consejo de Ministros ha aprobado este viernes y que tiene visos de convertirse en fuente de conflicto con sindicatos, sociedades médicas y asociaciones de inspectores, que están en contra de la reforma.

La nueva normativa modifica la gestión de la incapacidad temporal (IT), de forma que las mutuas ganan poder en detrimento de los médicos de atención primaria y los inspectores de los servicios de salud. En la práctica, serán las mutuas las que supervisen el trabajo de los funcionarios públicos, denuncian médicos e inspectores. El Ministerio de Empleo ha retirado la controvertida “alta presunta” que aparecía en los primeros borradores y que provocó el enfado de estos profesionales —las mutuas podían dar de alta al trabajador por silencio administrativo, es decir, si el médico no les contestaba en cinco días—, pero el cambio no ha conseguido que apoyen el texto.

Menos burocracia

Los médicos de familia calculan que destinan un 40% de su tiempo a gestionar papeleo. Parte de esa burocracia corresponde a la gestión de la incapacidad temporal (IT) por enfermedad, que hasta ahora obliga a emitir partes de confirmación de las bajas cada semana. Y esto es así tanto si la baja se prevé de corta duración (una gripe, por ejemplo) como si se trata de una fractura de tibia y peroné. La reforma de la gestión de las bajas era una demanda histórica del colectivo, y por fin, gracias al Real Decreto que este viernes ha aprobado el Consejo de Ministros junto con la Ley de Mutuas, se va a acometer.

A partir de ahora, el parte de confirmación se extenderá de acuerdo a la duración estimada de la baja:

- Hasta cinco días. Se podrá expedir el parte de baja y el de alta en la misma visita médica.

- Entre 5 y 30. Confirmación cada 14 días.

- Entre 31 y 60. Cada 28 días.

- En procesos de larga duración, de más de 61 días, la confirmación se expedirá cada 35 días.

El Gobierno ha elaborado también unas tablas en las que figura la duración estándar de la baja, en función de la patología y teniendo en cuenta la edad del trabajador y la actividad laboral que realiza. Un portavoz del Ministerio de Empleo subraya que estas duraciones medias serán meramente orientativas, y que la decisión seguirá correspondiendo a los médicos de familia.

“Se está controlando externamente al sistema sanitario por una prestación que, aunque pagan las mutuas, es esencialmente sanitaria”, opina José María Morán, vicepresidente de la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (Faiss). “Están poniendo a vigilarnos a médicos contratados por las mutuas, que no sabemos qué titulación tienen y que van a decidir en visitas de 20 o 30 minutos sobre pacientes a los que nosotros conocemos de toda la vida”, asegura Isidoro Rivero, vicepresidente tercero de la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (Semergen).

Si la mutua considera que el trabajador “podría no estar impedido para el trabajo” formulará una propuesta de alta a la inspección médica de los servicios de salud, que tiene cinco días para contestar. Si no lo hace, la mutua puede recurrir a la Seguridad Social, que tendrá otros cuatro días. Plazos “claramente insuficientes”, según médicos e inspectores, que sin embargo valoran positivamente otro de los cambios: se elimina la necesidad de hacer partes de confirmación de baja semanales. Si el problema de salud se prevé que tenga larga duración (más de 61 días), la confirmación se hará cada 35 días, lo que evita burocracia en los centros de salud y visitas innecesarias de los pacientes o sus familias. Las bajas con duración estimada de menos de cinco días tendrán parte de baja y alta en la misma visita.

Tampoco a los sindicatos les gustan los cambios. “Estas modificaciones se apoyan en criterios economicistas apartando de las prioridades la recuperación de la salud de los trabajadores”, ataca CC OO. Para UGT, el cambio supone que “las Mutuas se convierten en policías y fiscales de los trabajadores y de los médicos de los servicios públicos de salud”.

Si la mutua considera que el trabajador “podría no estar impedido para el trabajo” formulará una propuesta de alta a la inspección médica de los servicios de salud, que tiene cinco días para contestar. Si no lo hace, la mutua puede recurrir a la Seguridad Social, que tendrá otros cuatro días. Plazos “claramente insuficientes”, según médicos e inspectores. Estos, en cambio, valoran positivamente otro de los cambios: se elimina la necesidad de hacer partes de confirmación de baja semanales. Si el problema de salud se prevé que tenga larga duración (más de 61 días), la confirmación se hará cada 35 días. Las bajas con duración de menos de cinco días tendrán parte de baja y alta en la misma visita.

Con todos estos cambios, el Gobierno estima que ahorrará unos 500 millones. La nueva norma mantiene la definición de las mutuas como asociaciones de empresarios sin ánimo de lucro. Su función es la de colaborar con la Seguridad Social en la gestión de la atención sanitaria de los accidentes laborales y de las prestaciones que conlleven, también en las prestaciones en las bajas por enfermedades comunes y en las de los padres con niños enfermos, y, por último, en el pago del paro de los autónomos, el llamado cese de actividad. Para ello, reciben anualmente unos 10.000 millones en cotizaciones, cuyo excedente debe volver a la Seguridad Social una vez dotadas las reservas correspondientes.

Precisamente aquí la nueva normativa establece un cambio significativo. Cuando la ley entre en vigor perderán unos 2.000 millones de las reservas que tienen en este momento, según el Ministerio de Empleo. El proyecto de ley también limita el sueldo de los gerentes de las mutuas, que no podrá ser superior al del presidente de una empresa pública, unos 160.000 euros al año.

En este norma, el Ministerio de Empleo también va a cambiar la regulación y permitirá a todos los autónomos que la cotización que da derecho a la prestación por cese de actividad sea voluntaria. Ahora los autónomos dependientes y los que trabajan en sectores de riesgo tienen que pagar obligatoriamente. Con la nueva norma, esto desaparecerá.

La norma sale sin el acuerdo con los agentes sociales. Tanto UGT como CC OO rechazaron el proyecto de ley y reclamaron su retirada. Por su parte, CEOE y la organización que agrupa a las mutuas, AMAT, no reaccionaron. En las últimas semanas varias mutuas se han visto envueltas en casos como el de Fremap a la que la Seguridad Social le reclama 43,2 millones por gastos indebidos o el de Mutua Universal (un juzgado de Barcelona ha procesado a 11 exdirectivos por un fraude de 200 millones) o Umivale, con tres directivos imputados por fraudes al instituto público.

Abogados y exceso de gasto, con cargo a cuotas

El proyecto de ley que aprobó el Consejo de Ministros define con claridad la responsabilidad de los directivos de las mutuas en caso de mala gestión. También limita la posibilidad de que acumulen reservas. Pero al mismo tiempo crea fondo que, nutrido anualmente con una parte de lo que les sobre de su gestión (es decir, de cotizaciones sociales) les servirá para pagar “exceso de gastos de administración, de gastos procesales derivados de pretensiones que no tengan por objeto prestaciones de Seguridad Social y de sanciones administrativas”.

En otras palabras, con este dinero los directivos de las mutuas podrán pagar los abogados que necesiten para cuestiones menores no vinculadas a las tareas de colaboración con la Seguridad que les atribuye la ley, pero también podrán hacer frente a los gastos de causas penales provocados por mala gestión o la negligencia (el caso de Mutua Universal).

Con este fondo, también podrán pagar sanciones administrativas y “excesos de gasto de administración”. Para UGT, con esta disposición se crea una gatera por la que “ se pueden evitar muchos de los controles económicos [de la Seguridad Social sobre el gasto del dinero público]”.

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