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La CNMC sanciona a Orange con una multa de 500.000 euros

Competencia detecta una infracción en el retraso de la puesta en marcha de la portabilidad fija

Una tienda de Orange en Barcelona.
Una tienda de Orange en Barcelona. bloomberg

La CNMC ha impuesto a Orange una sanción de 500.000 euros al declarar a la compañía responsable de una infracción muy grave tras incumplir una resolución de la extinta CMT del 2012 que aprobó la modificación de las especificaciones técnicas para la portabilidad fija —la conservación de la numeración fija en caso de cambio de operador—, que permitían reducir los plazos. A causa de ese incumplimiento, los nuevos procesos de portabilidad fija se iniciaron cinco meses más tarde de lo previsto.

La portabilidad fija en un día se puso en marcha el 11 de noviembre de 2013, tras la imposibilidad de Orange para cumplir con la fecha inicialmente fijada, que marcaba el 1 de julio de 2013 como límite para poner en funcionamiento las modificaciones de los procesos de portabilidad. La CMT se vio obligada a retrasar los plazos e impuso a Orange multas coercitivas que ascendieron a unos 510.000 euros.

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Tras haber finalizado el proceso de instrucción del procedimiento sancionador, la CNMC ha considerado probado que durante cuatro meses y diez días, Orange retrasó la puesta en marcha de las modificaciones de la portabilidad fija, lo que supone una "infracción muy grave" al no haber cumplido con una resolución aprobada por Consejo. El importe de la sanción se ha establecido teniendo en cuenta que la actuación de la compañía causó perjuicios sobre el derecho de los usuarios a portarse en plazos más reducidos y sobre el resto de operadores del mercado telefónico fijo, que estaban disponibles en la fecha establecida.

De todos modos, como circunstancia atenuante, se estima que la conducta infractora de Orange no le reportó ningún beneficio directo o indirecto.

A pesar de que la operadora entiende que ya fue sancionada con la imposición de multas coercitivas, la resolución recién aprobada por la CNMC considera, de conformidad con lo establecido en la normativa administrativa y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que “la multa coercitiva es independiente de las sanciones que puedan interponerse con tal carácter y compatible con ellas”.

Orange, por su parte, ha anunciado que recurrirá la sanción y recurda que, tal y como reconoce la propia CNMC, no ha obtenido ningún beneficio económico. Ademñas, en opinión del operador, su comportamiento tampoco ha perjudicado "ni a clientes, ni al mercado".

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