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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

El efecto mariposa del aumento del IBI

Las medidas que se adoptan en economía, como las medicinas, tienen efectos secundarios, ya que al aplicarse sobre variables que constituyen un sistema, que como tal implica interrelaciones entre sus componentes, cuando se produce un cambio en alguna de ellas como consecuencia de una decisión para alcanzar un objetivo, sus efectos no terminan en él, se consiga este en mayor o menor medida, sino que repercute en los demás, unas veces potenciando los efectos deseados, pero otras contrarrestando los inicialmente planteados o incluso anulándolos o provocando los efectos contrarios.

La Real Academia Española (RAE) define un sistema como “un conjunto de cosas que relacionadas entre sí ordenadamente contribuyen a un determinado objetivo”. Así sucede si nos referimos tanto al sistema económico en general como al sistema monetario o al sistema fiscal, principales subsistemas sobre los que se adoptan las medidas económicas para alcanzar los que se aceptan como principales objetivos de la política económica, crecimiento de la renta con pleno empleo y estabilidad de los precios.

El entorno en el que se adoptan estas medidas en el caso español se complica, debido a la peculiar organización territorial del Estado donde municipios, provincias y comunidades autónomas tienen una amplísima autonomía, como no puede ser de otra manera, para la gestión de sus intereses. El sistema tributario, en concreto, es el resultado de tres subsistemas a su vez, el estatal, el autonómico y el local, situación que hace que las actuaciones unilaterales llevadas a cabo por las diferentes Administraciones influyan en el resto de elementos que componen el sistema.

A esta situación hay que añadir los condicionantes abrasivos que tiene para la política tributaria la situación de crisis que en estos momentos vivimos, por lo que las decisiones no siguen, a priori, ningún patrón establecido, careciendo de una hoja de ruta consensuada por todos los agentes económicos, lo que provoca una cierta sensación de descoordinación. Los objetivos a alcanzar se centran, sobre todo, en aumentar la recaudación a corto plazo a través de subidas de impuestos para financiar los déficits públicos no concurriendo, por tanto, el orden que debe tener todo sistema y produciéndose la mayoría de las veces el efecto contrario al que se pretende conseguir. A esta panorámica le encaja perfectamente la imagen que transmite la sentencia de que los árboles no nos dejan ver el bosque.

El aumento en este impuesto provoca el encarecimiento de los inmuebles

Para muestra, un botón: ¿Qué ocurre cuando se aumenta el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), por ejemplo, por un incremento de los valores catastrales? Por un lado se encarecen las transacciones inmobiliarias y por otro lado se incrementa la factura fiscal para los poseedores de inmuebles que pierden poder adquisitivo.

A continuación enumeramos una serie de tributos cuyos hechos imponibles recaen sobre los bienes inmuebles y cuya base imponible se cuantifica atendiendo al valor catastral. Un incremento de dicho valor provoca un aumento de la factura fiscal para los contribuyentes porque se penalizan las posesiones de inmuebles, distintos a la vivienda, en el impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio. Se encarecen las transmisiones inmobiliarias tanto onerosas como lucrativas, los transmitentes se ven obligados a repercutir a los adquirentes el impuesto municipal sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Hay que pagar mayores cuotas por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas o sucesiones y donaciones, cuyos valores reales en varias comunidades autónomas se determinan en función del valor catastral. Así ocurre, por ejemplo, en la Comunidad de Cataluña, que determina los valores de comprobación de los bienes inmuebles aplicando al valor catastral un coeficiente según el año en que se efectuó la revisión catastral.

Pero aún hay más. ¿Es el valor catastral el mejor índice para determinar el valor de mercado de los bienes inmuebles? La respuesta es que no, porque se producen diferencias muy notables entre las viviendas nuevas y las usadas cuando ambos inmuebles radican en la misma zona. Esta situación carece de toda lógica.

Pero como nuestro sistema tributario lo integran los tributos, no solo los impuestos, no hay que olvidar, por su importancia en el sector inmobiliario, a otras figuras impositivas como las contribuciones especiales y las tasas, sobre todo porque muchas de estas últimas toman como referencia el valor catastral para determinar la cuota. Esto ocurre con la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos del municipio de Madrid sin que, a priori, se perciba una relación directa entre el aumento de la base imponible del IBI y esta tasa.

En definitiva, el efecto mariposa de la teoría del caos, que originariamente se suscitó en el ámbito meteorológico, según el cual el aleteo de una mariposa en Hong Kong puede causar una tormenta en Nueva York, es perfectamente aplicable al ámbito de la economía, y nos permite concluir que un aumento en el IBI produce un efecto similar, cuya consecuencia final es el encarecimiento de un producto: los inmuebles. En una época de crisis del parque inmobiliario se deberían adoptar políticas inversas a las actuales; en lugar de subir el IBI u otros impuestos como transmisiones patrimoniales onerosas —en algunas comunidades se sitúa en el 11%, por encima incluso del tipo de IVA para vivienda, cuando en el año 2006 era del 7% en todas las comunidades—, es más recomendable incentivar el mercado inmobiliario disminuyendo los costes fiscales de las transacciones, porque, como comentábamos al comienzo, una bajada del IBI puede tener un efecto sobre la recaudación mayor que una subida, si el número de operaciones que se realizan se incrementa debido a la bajada del coste de las mismas.

Valentí Pich Rosell es presidente del Consejo General de Economistas de España.

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