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La cúpula del supervisor conocerá las discrepancias de los inspectores

Hasta ahora, podía evitarse que las opiniones negativas sobre los bancos llegaran a la Comisión Ejecutiva. Linde quiere evitar los errores de procedimiento del pasado

Íñigo de Barrón

Los juicios abiertos contra los gestores de cajas de ahorros quebradas han permitido conocer las actas de los inspectores. En muchos documentos se afirmaba, entre 2008 y 2010, que algunas entidades no cubría los riesgos, que tenían créditos con empresas ruinosas, etc. Los inspectores se quejaron de que estos informes no llegaron a la cúpula del Banco de España porque los mandos intermedios los censuraban.

La troika (el BCE, el FMI y la Comisión Europea) exigió cambios en los procedimientos de supervisión, hoy anunciados. A partir de ahora, “las discrepancias que pudieran surgir en el proceso de formación de la opinión sobre la situación de la entidad se detallarán en un apartado específico del informe a la Comisión Ejecutiva. Hasta el momento, dichas discrepancias, cuando se producían, eran recogidas en informe separado adjunto al resto de la documentación”.

Con esta última frase, el Banco de España expresa delicadamente la posibilidad que tenía el responsable de grupo de eliminar en el informe definitivo las frases más duras que cuestionaran la viabilidad de la entidad o los grandes errores de gestión. Según algunos inspectores, las indicaciones para que estas críticas no llegaran a la cúpula procedían de los máximos responsables de la supervisión. Éstos siempre lo han negado.

Otra de las medidas tomadas por Luis Linde, gobernador del Banco de España, para introducir más control es que todo quede por escrito, para evitar, como en el pasado, las recomendaciones verbales tan difíciles de demostrar. “El propósito es que de todas las actuaciones supervisoras resulten escritos de recomendaciones o requerimientos a las entidades, aún en el caso de que la entidad haya corregido las deficiencias detectadas por el equipo de inspección”, explica el regulador.

"Las discrepancias que pudieran surgir sobre la situación de la entidad" se detallarán en el informe a la Comisión Ejecutiva

También se ha limitado en el tiempo el procedimiento de verificación del cumplimiento de los escritos de requerimientos. Se fija un plazo límite de seis meses de duración de estas actuaciones extraordinarias y se establece también la necesidad de un informe específico al final de las mismas. En el pasado, algunas entidades estuvieron bajo “inspección extraordinaria” casi un año, o incluso más, lo que desvirtuaba el cometido de los funcionarios.

Con la nueva circular, el Banco de España pretende también otorgar mayor agilidad a las actuaciones supervisoras, con el fin de que las entidades adelanten “todo lo posible” la corrección de deficiencias detectadas. “Una vez finalizados los trabajos in situ, el encargado de la actuación, previo visto bueno del jefe de grupo, entregará un escrito-resumen de las situaciones observadas para adelantar el cumplimiento de las recomendaciones que, previsiblemente, hará la Comisión Ejecutiva”, indica el comunicado.

Las nuevas normas recogerán anualmente la lista de entidades a las que se le aplicará cada tipo de supervisión: seguimiento in situ, seguimiento “a distancia” y seguimiento a “distancia simplificado”. Esta calificación se revisará cada año, según la actualización de los procedimientos de la dirección general de supervisión del organismo.

En el caso de entidades con seguimiento continuado in situ, que son las más grandes, a principios de cada año se enviará un escrito de inicio del seguimiento a la entidad. En ella se elaborará una nota con el alcance de los trabajos a realizar y se entregarán los correspondientes mandatos al equipo de inspección.

La comisión ejecutiva del Banco de España, en su reunión del pasado 20 de septiembre, aprobó esta nueva circular interna, elaborada a partir de la revisión de procedimientos realizada por una comisión presidida por el consejero del Banco de España Angel Luis López Roa, en cumplimiento del MoU.

"De todas las actuaciones supervisoras resultarán escritos de recomendaciones o requerimientos a las entidades"

Estos procedimientos serán de obligado cumplimiento en las supervisiones que se realicen a partir de 2014, pero el Banco de España subrayó que “en la medida de lo posible”, se irán adoptando en lo que queda de este año.

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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