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La Defensora reclama a Fomento que permita el pago de las ayudas a la VPO

La Institución coincide con los tribunales en que deben pagarse las ayudas vigentes hasta junio, contempladas en planes anteriores al de 2009-2012 Recomienda al Ministerio que revise su interpretación de la norma de estabilidad presupuestaria y la transmita a las comunidades para que las abonen

Soledad Becerril, en el Congreso de los Diputados.
Soledad Becerril, en el Congreso de los Diputados.ULY MARTÍN

La oficina de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha difundido una nota explicando que esta "ha pedido al Ministerio de Fomento que revise el criterio interpretativo que ha empleado hasta la fecha, y que afecta a la supresión de las ayudas de subsidiación de préstamos para la compra de viviendas protegidas que concedían las comunidades autónomas en aplicación de los planes estatales de vivienda.

El Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, suprimió este tipo de ayudas recogidas en el Plan estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. No obstante, el Ministerio de Fomento comunicó a las CC. AA. que, basándose en un informe jurídico interno, había que interpretar que esa supresión legal afectaba a todos los planes estatales de vivienda, lo que implicaba denegar cualquier solicitud nueva o en trámite acogida a los planes anteriores.

Tras recibir la directriz de Fomento, algunas comunidades autónomas aplicaron la interpretación remitida , pero otras no lo hicieron. Por eso, algunas administraciones han seguido reconociendo las ayudas financieras recogidas en planes de vivienda anteriores a 2009. Sin embargo, los beneficiarios no han podido cobrarlas al no contar con el visto bueno del Ministerio. Esta es la situación que se ha visto reflejada en las quejas recibidas en el Defensor del Pueblo durante este último año.

En opinión del Defensor del Pueblo, el citado Real Decreto solo anula las ayudas contempladas en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y no las anteriores. La Institución considera también que una interpretación tan extensiva de la ley no es adecuada desde la perspectiva de la garantía de los derechos de los ciudadanos. Una reciente decisión judicial abunda en el mismo sentido.

La Institución inició una actuación que ha culminado con varias recomendaciones para que Fomento deje de aplicar este criterio, al entender que interpretó de manera extensiva el artículo 35 del Real Decreto-Ley 20/2102, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad. Además, se ha pedido que el Ministerio pague las ayudas reconocidas por las CC. AA. y que se comunique el criterio interpretativo para que las administraciones autonómicas revisen de oficio las resoluciones que hubieran denegado, antes de la entrada en vigor de la Ley 4/2013, de 4 de junio, que, ahora sí, suprime todas las ayudas referidas a planes de vivienda anteriores".

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