_
_
_
_
_

La Audiencia de Madrid ve motivos para seguir investigando a Miguel Blesa

El órgano ordena devolver los 2,5 millones de la fianza del expresidente de Caja Madrid El auto asegura que Manos Limpias no es parte legal el juicio

Íñigo de Barrón
El expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, al salir de la cárcel de Soto del Real, el pasado día 20.
El expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, al salir de la cárcel de Soto del Real, el pasado día 20.Kiko Huesca (EFE)

La Audiencia Provincial de Madrid ha admitido el recurso contra el auto de prisión con fianza a Miguel Blesa y, por tanto, ordena devolver al expresidente de Caja Madrid los 2,5 millones de euros que depositó para eludir la cárcel en un primer momento, según se desprende del auto de la Sección 15. No obstante, pese a rechazar la decisión de enviar a la cárcel a Blesa, el órgano considera que siguen existiendo razones para investigar al banquero por su gestión en la compra del City National Bank de Florida en 2008, aunque entiende que el juez Silva debería haber enviado a reparto la denuncia de Manos Limpias que recibió sobre estos hechos.

El auto conocido a primera hora de la tarde supone otra desautorización al juez Silva y, de  nuevo, se abre un incierto camino para el caso Blesa, que se enreda más y más. A partir de ahora existen dos posibilidades: que todo el caso quede cerrado porque ya la Sección 30 de la Audiencia había anulado todas las actuaciones de Silva sobre el crédito a Gerardo Díaz Ferrán y la compra de un banco en Florida, o, lo que es más probable, que el caso se envíe por reparto a otro juez. Éste podría iniciar la investigación, sin tener en cuenta lo que se conoce por el caso anterior. Por otro lado, el juez sustituto de Silva, Juan Antonio de Toro, ha pedido aclaración a la Audiencia para saber si debe proseguir en el caso o se da por cerrado.

La Sección 15 ha estimado el recurso presentado por la defensa de Blesa contra el auto de prisión eludible bajo fianza de 2,5 millones de euros que fue dictado el pasado 16 de mayo por el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, Elpidio José Silva. En el auto, dado a conocer este martes, descarta el riesgo de fuga y de destrucción de pruebas que invocó el instructor para ordenar el ingreso en prisión del exbanquero.

Más información
La fiscalía sostiene que las pruebas están anuladas
El juez del caso se querella contra el instructor de su expediente
El Poder Judicial rechaza dar amparo al juez del ‘caso Blesa’

Eso sí, recalca que los indicios de delitos de administración desleal o apropiación indebida atribuidos a Blesa deben ser esclarecidos sobre la base del informe del Banco de España, fechado el 19 de abril de 2010, que reseñaba las "irregularidades" que rodearon el negocio. "Por más que contraste con la autorización previa del mismo organismo a la operación cuestionada", ironiza.

Sobre los indicios de delito, el auto afirma que "parece suficiente acervo, dada las irregularidades que en él se enuncian, para iniciar la investigación. El objeto de ella debe aclarar si hay indicios de que el imputado, abusando de su cargo de presidente de la sociedad adquiriente, pudo disponer fraudulentamente de los bienes de esta o contraer bienes a su cargo, con el consiguiente perjuicio económico para la entidad financiera, sus socios, depositarios o cualquiera otra. La forma de instrumentar la operación, dividiéndola en dos tramos, la posible elusión de controles, el precio pagado, teniendo en cuenta el momento económico de la adquisición y la valoración de los activos de la sociedad adquirida, son elementos que apuntan indiciariamente a la tipicidad antes señaladas y debe aclararse".

Según añade el auto, con ponencia del magistrado Carlos Fraile, "los indicios, sean o no delictivos, se deducen de la lógica situación, al ostentar el denunciado, el control de la entidad, puesto que las decisiones que exige la envergadura de los intereses económicos solamente pueden tomarse al más alto nivel".  

Ahora bien, el tribunal remarca que la "expectativa de pena" no es suficiente para configurar una posible huida y descarta también que el recurrente pueda destruir pruebas puesto que actualmente está desvinculado de la entidad bancaria. Blesa defendió que tenía arraigo y notoriedad y que había acudido "siempre de manera voluntaria e inmediata" a las comparecencias en el juzgado.

En cuanto a la competencia del juez Silva, la Audiencia Provincia de Madrid pone de manifiesto que el instructor reconoció que esta causa carecía de "conexidad" con la investigación del crédito al jefe de la patronal Gerardo Díaz Ferrán. Al descartar esta relación, los magistrados estiman que "no debió sustraer la denuncia a reparto".

Pese a ello, recalcan que esta atribución no vulneró el derecho de Blesa al juez predeterminado por la Ley, tal y como establece la doctrina del Tribunal Supremo sobre "discrepancias de índole técnica" en materia de interpretación de reglas de competencia entre juzgados de lo Penal.

Manos Limpias queda fuera

Los magistrados dedican una buena parte del auto a juzgar el papel que juega el sindicato Manos Limpias. "Ni en la denuncia, ni en ningún momento posterior a la incoación de las nuevas diligencias previas, consta que Manos Limpias solicitase al juzgado que se le tuviese por parte en dichas diligencias". La Audiencia recuerda que en la grabación de lo acontecido en el juzgado, la defensa pide que se suspenda el acto por estas irregularidades. "Entre ellas está la falta de legitimación de Manos Limpias, por carecer de la condición de perjudicado y no haber formulado querella". La letrada del sindicato se opuso a esta medida, pero "no pidió expresamente que se le tenga por parte en las nuevas diligencias".

El juez Elpidio Silva dijo que era una cuestión ya resuelta. "Pero resulta, añadimos nosotros, que estas diligencias son las que albergan la resolución impugnada". "Estamos en condiciones de afirmar que en el momento de adoptar la medida cautelar que ahora se recurre" [es decir, el envío a prisión de Blesa] no se había producido en este procedimiento la personación en forma de Manos Limpias y, por lo tanto, el sindicato no ostentaba la condición de parte".

Manos Limpias, por lo tanto, no era parte al no haber pagado fianza ni interpuesta querella como acusación popular. Incluso dice que el sindicato "no puede constituirse en directamente ofendido", en línea con lo que avanzó la Sección 30 de esta misma Audiencia. Fuentes jurídicas apuntan que esta situación podría abrir la posibilidad jurídica de "detención ilegal y prevaricación" por parte del juez, ya que cuando mandó a prisión a Blesa el fiscal y la defensa se oponían y el único que lo pedía era Manos Limpias, que estaba fuera del caso.

En su recurso, el abogado defensor manifestó que el juez Silva se arrogó la competencia para instruir la causa del City National Bank de forma incompetente y vulnerando los derechos fundamentales de su cliente. En su opinión, abrió esta pieza tras recibir una denuncia de Manos Limpias, que buscaba "el juez de su conveniencia". La defensa de Blesa también advertía de la falta de legitimación de la acusación para intervenir en estas diligencias y solicitar la prisión provisional y la retirada del pasaporte de su representado ya que "ni es perjudicado del supuesto delito, ni se ha personado en las diligencias ordenadas deducir, ni ha presentado querella ni depositado fianza".

En el marco de la causa sobre el préstamo de 26,6 millones de euros a Díaz Ferrán —anulada por la Sección 30 de la Audiencia de Madrid—, el juez Silva abrió una pieza separada para investigar a Blesa por la compra, en abril de 2008, del 83% del City National Bank de Florida por 927 millones de dólares. Caja Madrid se hizo con la totalidad de la entidad estadounidense en 2010 aportando otros 190 millones de dólares.

Silva vio indicios "muy relevantes" de criminalidad, de los que se desprende un posible delito societario de administración desleal o bien uno de apropiación indebida con otro de falsedad de documento público.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_