_
_
_
_
_

El Consejo de Europa rechaza el recorte de pensiones en Grecia

El Comité de Derechos Sociales emite una decisión que cuestiona los "efectos acumulativos" de los ajustes impuestos por la 'troika' a países rescatados

Europa limita a estribor con los recortes presupuestarios y a babor con los derechos de los ciudadanos. En cubierta hay pelea por ver cuáles van antes por la borda. El Comité de Derechos Sociales del Consejo de Europa (que integra a todos los estados de la UE y otros 20 países) publicó la pasada semana cinco decisiones sobre el recorte de las pensiones en Grecia que ponen por primera vez coto a nivel de derecho internacional a los ajustes impuestos por la troika.

“A pesar de las posteriores obligaciones internacionales de Grecia”, dice el dictamen del Comité en alusión a los acuerdos con la troika, “no hay nada que exima” al Estado “de cumplir sus obligaciones” con la Carta Social de 1961. Y cualquier decisión sobre pensiones “debe reconciliar el interés general con los derechos individuales, incluyendo las legítimas expectativas” de los individuos “sobre la estabilidad de las reglas aplicables”.

Los efectos prácticos de la decisión son inciertos (y caros) pero teóricamente el Gobierno griego podría “dar marcha atrás” en su recorte, explica el presidente del Comité, el jurista valenciano Luis Jimena, ya que prevalece esa resolución, que es “la expresión de un tratado internacional”. Además, los afectados podrán enarbolar la decisión ante los tribunales griegos para reclamar el dinero que les han quitado, y que en algunos casos ha llegado al 50% de la pensión. Y el resto de ciudadanos europeos también podrán invocar esos argumentos en pleitos relacionados con el caso.

Las cinco decisiones son prácticamente idénticas y responden a otras tantas quejas de organizaciones sindicales, la mayor de ellas, la Federación de Empleados Pensionistas de Grecia (IKA-ETAM) que proporciona el retiro de 830.000 jubilados. El Comité de Derechos Sociales considera que los sucesivos recortes de las pensiones en Grecia desde el rescate en 2010 contravienen el artículo 12 de la Carta Social Europea que consagra el derecho a la seguridad social y obliga a los firmantes “a esforzarse por elevar progresivamente el nivel del régimen de seguridad social”.

Una rebaja en la pensión no constituye de manera automática una violación de la Carta, dice el Comité, en particular si las restricciones van encaminadas a asegurar la viabilidad del sistema de pensiones. De hecho el Comité avala los recortes en Grecia de las pensiones más altas o las restricciones para animar a la permanecer en activo.

Pero el “efecto acumulativo” de las seis reformas de las pensiones en Grecia entre 2010 y 2012 ha conducido a “una significativa degradación de las condiciones de vida” de muchos de los pensionistas afectados. Y sitúa la línea roja en el 50% del salario medio ajustado que establece Eurostat para determinar el riesgo de pobreza en cada país.

Además el Gobierno griego no realizó “el mínimo nivel de investigación y análisis necesario sobre los efectos” de medidas de tanta repercusión en sectores vulnerables de la sociedad. Así que no pudo determinar si podría haber otras medidas alternativas para reducir el déficit.

Acudir al Comité de Derechos Sociales del Consejo de Europa tiene la virtud de que no hay que agotar previamente la vía judicial nacional, al contrario de lo que ocurre con el Tribunal de Derechos Humanos del mismo organismo, que recientemente dictó una notoria sentencia en materia de hipotecas abusivas en España. “Por esa vía se puede tardar siete años, mientras el Comité suele dictaminar en un año”, comenta Luis Jimena. Pero no todos los europeos pueden acudir al Comité como han hecho los griegos ya que solo 15 países han ratificado el protocolo para las reclamaciones colectivas. España no es uno de ellos, de modo que los sindicatos españoles han denunciado la reforma laboral ante la Organización Internacional del Trabajo.

¿Le hacen caso los Estados al Comité? Una reciente decisión suya también sobre Grecia (contrato con periodo de prueba de un año) no ha sido aún plasmada en reformas legales. “Están en ello”, dice Jimena. Por supuesto, no todos están por la labor. “Estos órganos funcionan al margen de la realidad; mezclan lo jurídico con lo económico. Hay quien se arrepiente de haberlos creado”, afirma el catedrático y abogado Federico Durán.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_