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El Banco de España castigará a las cajas que tengan bancos

El supervisor ejercerá más controles y fijará el fondo de reserva de capital Los dividendos que pagarán las entidades se aprobarán por mayoría del 75%

Íñigo de Barrón
El gobernador del Banco de España, Luis María Linde.
El gobernador del Banco de España, Luis María Linde.Uly Martín

Tras mucha negociación y diplomacia, el Gobierno ha pactado con Bruselas las nuevas normas para las cajas. La nueva regulación se ha plasmado en un anteproyecto de Ley que se enviará al Parlamento y derogará la LORCA (Ley de Órganos Rectores de Cajas de Ahorros), la columna vertebral con la que el sector se ha regulado desde 1985.

Como en todo tira y afloja, el Ministerio de Economía ha logrado parte de las reivindicaciones del sector, pero ha cedido en otras. La troika, formada por la Comisión Europea, el BCE y el FMI, que es la que ha marcado la pauta, no quería que las antiguas cajas controlaran sus bancos filiales. La Caixa y Kutxabank han presionado para mantener sus entidades y lo han conseguido. Sin embargo, pagarán por ello.

Las antiguas cajas pasarán a ser fundaciones bancarias, siempre y cuando tengan un 10% o más del capital de su banco filial. A aquellas que tengan más de un 30%, el supervisor les exigirá un protocolo de gestión y un plan financiero. Y cuando la participación de la fundación bancaria sea “igual o superior al 50% en una entidad de crédito o que les permita el control de la misma” deberán realizar una dotación a un “fondo de reserva”. El volumen de esta inversión estará determinado por el Banco de España, según “el valor de los activos ponderados por riesgo de la entidad participada y el volumen de la participación de la fundación bancaria en la entidad”. La inversión debe hacerse en instrumentos financieros “de elevada liquidez y calidad crediticia”, que deberán estar siempre disponibles para su uso. Estos recursos deberán usarse si la filial bancaria tiene problemas de solvencia. Es un socorro especial para las cajas/fundaciones que mantengan el control de bancos. Esa ha sido la principal modificación incluida en la norma con respecto a su versión inicial.

El Ejecutivo mantiene casi todo el anteproyecto enviado a Bruselas

Además, esas cajas con control de bancos —que no podrán aumentar su participación— tendrán que presentar un plan de diversificación de inversiones y de gestión de riesgos, que también será juzgado por el supervisor. Por último, se podrá aplicar a la fundación “cualquier otra medida que, a juicio del Banco de España, se considere necesaria para garantizar la gestión sana y prudente de la entidad”.

Otra particularidad de los bancos de cajas será que el acuerdo de reparto de dividendos deberá adoptarse “por mayoría de, al menos, tres cuartos del capital”. En el resto de sociedades es por mayoría simple.

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Esta última versión del anteproyecto, además, confirma casi todos los extremos de la enviada a Bruselas el año pasado. Se mantienen tales requisitos que solo dos entidades seguirán siendo cajas de ahorros: la valenciana de Ontinyent y la mallorquina de Pollença, con menos de 10.000 millones en activos.

Ya en aquella versión del anteproyecto, adelantada por EL PAÍS el 9 de diciembre, se establecía que quien sea consejero de una caja (patrono con la nueva ley), no podrá serlo también del grupo bancario al que han traspasado la actividad financiera o de otras entidades controladas por el grupo bancario, lo que revolucionará los consejos de las entidades. Se mantiene también que el número máximo de patronos será de 20 y que el número de miembros del patronato que representen a las Administraciones Públicas no podrá superar el 25% del total.

Todas las cajas serán fundaciones salvo Ontinyent y Pollença

También se mantiene que el cargo de patrono de las fundaciones bancarias sea no remunerado y que el protectorado de las fundaciones bancarias cuyo ámbito de actuación principal exceda el de una comunidad autónoma será ejercido por el Ministerio de Economía. En los bancos participados por las fundaciones no se regulan los salarios máximos. Los patronos independientes tendrán limitada su presencia a un máximo de dos mandatos consecutivos. Además, habrá un director general de la fundación bancaria y un secretario, que podrán asistir a las sesiones del patronato con voz, pero sin voto.

Estas condiciones hacen pensar que los primeros ejecutivos de La Caixa, Kutxabank, así como Unicaja e Ibercaja, que son las que pueden tener bancos filiales, estarán en las entidades y no en las fundaciones. Según Fernando Zunzunegui, abogado especializado en regulación financiera, el texto es regresivo porque “las fuerzas vivas de las Comunidades Autónomas podrán designar a todos los patronos de la fundación que controla el banco”.

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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