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El Gobierno penaliza ligeramente las indemnizaciones de los altos directivos

No se aplicará la reducción del 40% a las indemnizaciones que superen el millón de euros Las empresas tampoco podrán deducirse el pago en el Impuesto de Sociedades Se endurece la fiscalidad de las pensiones para directivos en forma de seguros

El Gobierno ha introducido una ligera penalización para las indemnizaciones millonarias que reciben los directivos del sector privado al abandonar su puesto de trabajo, del tal manera que cuando superen el millón de euros no se podrán aplicar en el IRPF la reducción del 40% que existe actualmente para los primeros 300.000 euros, según una enmienda a la ley de medidas tributarias que está debatiendo el Senado y que entrará en vigor el 1 de enero. En el caso de una indemnización de tres millones de euros de un contribuyente que tribute a tipo marginal (el 52% con carácter general), el directivo pasaría de tributar 1,5 millones a 1,56 millones.

El Gobierno lleva desde el mes de octubre analizando posibilidades para penalizar las indemnizaciones de directivos. ha llegado a manejar propuestas mucho más agresivas, pero finalmente se ha quedado con une medida que solo castiga ligeramente esas indemnizaciones desde el punto de vista del directivo.

La inminencia del cambio legal ha acelerado la salida de directivos próximos a la edad de jubilación en algunas empresas, pues de ese modo pueden esquivar el cambio legal.

La medida, que se ha introducido a última hora en una enmienda a la ley de medidas tributarias, establece un mecanismo progresivo para penalizar más a quienes cobran indemnizaciones más altas, aumentando la fiscalidad de retribuciones de cuantía muy elevada.

De esta forma, si la indemnización es inferior a 700.000 euros no hay novedad respecto a la situación actual. Así, se podrá aplicar la reducción del 40% hasta 300.000 euros y el resto irá al tipo marginal del contribuyente, que actualmente se sitúa en el 52%.

En cambio, si la indemnización está comprendida entre 700.000 euros y un millón de euros el actual límite de 300.000 euros sobre el que se aplica la reducción del 40% se minorará en la diferencia entre la cuantía de la indemnización y 700.000 euros. El resto irá al tipo marginal. Por tanto, para las indemnizaciones de más de un millón de euros dejaría de aplicarse la deducción.

El Gobierno si endurece más los blindajes para las empresas. Otra de las enmiendas presentadas ayer por el PP elimina la deducción de las indemnizaciones superiores a 1.000.000 de euros en el impuesto de sociedades. "Se considera no deducible el importe de la indeminización que supere la cantidad de un millón de euros o de la cantidad que resulte exenta en la aplicación de la normativa correspondiente al IRPF de resultar esta última superior, con independencia que dicho importe se satisfaga en un periodo impositivo o en varios", explica la justificación de la enmienda.

Fiscalidad más dura para las pensiones de directivos

Por otra parte, según las enmiendas presentadas, para "mitigar los diferimientos" que se producen en la tributación de aportaciones satisfechas por empresarios, se establece un límite anual de 100.000 euros de primas en los contratos de seguros colectivos satisfechas por el mismo empresario a cada contribuyente y lo que se supere se lo imputará este último.

Esto supone un castigo fiscal a los beneficiarios de aportaciones muy altas a seguros colectivos de jubilación, una especie de planes de pensiones que son frecuentes entre los altos directivos. Con la regulación actual, la empresa puede decidir si le imputa esas aportaciones al directivo o empleado como retribución en especie y a la vez se deduce el gasto o si, por el contrario, no se lo imputa aún al directivo, en cuyo caso la empresa no se  puede deducir el gasto hasta el momento en que el directivo recibe la prestación. Este, por su parte, declara en ese momento la prestación en el IRPF pero normalmente puede beneficiarse de una reducción del 40% por el tiempo transcurrido.

El nuevo sistema supone que solo se puede optar voluntariamente por ese diferimiento beneficioso para el trabajador por los primeros 100.000 euros. El resto tributará a tipo marginal.Con ello, se recaudará más y antes en el IRPF por ese tipo de pensiones millonarias contratadas como seguros de jubilación, mientras que se recaudará menos de forma inmediata en Sociedades.

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