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Despidos baratos con la venia del juez

La reforma laboral acaba con la rescisión de contratos indefinidos sin control judicial Limita también el papel de los jueces y acaba con los salarios de tramitación

Manuel V. Gómez
Antonio Vega, despedido de Redur Transporte con la nueva normativa laboral
Antonio Vega, despedido de Redur Transporte con la nueva normativa laboral Santi Burgos

Dos días después de que la reforma laboral entrara en vigor, Antonio Vega la sufrió en primera persona. A las ocho menos diez del martes 14 de febrero, su empresa le entregó una carta justificando su despido por registrar una caída de ingresos durante tres trimestres seguidos. Redur Transporte, que ha declinado dar su versión tras dos llamadas telefónicas, ya llevaba un tiempo intentado prescindir de Antonio, según explica. En diciembre, le habían ofrecido una indemnización de poco más de 20 días por año trabajado. Él no aceptó. Quería 45, los que le correspondían en caso de despido improcedente.

“Cuando vi a la ministra [Fátima Báñez] explicar la reforma en la tele, supe lo que iba a pasar”, lamenta. Redur pudo despedir con bastante certeza a Antonio, de 36 años, porque la reforma permite justificar el despido objetivo, con una indemnización de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades, si encadena una caída de ingresos durante tres trimestres. Además, a partir de ahora, la empresa no tendrá que justificar que lo hace para ser viable o mantener empleo. Se trata de un cambio que busca limitar el margen de actuación de los tribunales, que antes solían fallar en favor del trabajador, aunque desde la reforma de 2010 están cambiando de criterio.

No es el único cambio profundo. También lo es la supresión del despido exprés, que permitía despedir evitando los tribunales si asumía que no estaba justificado. Por este camino, fácil y rápido, aunque muy caro, llegaron el 60% de los despidos en 2011.

“Antes había un 90% de posibilidades de que un juez no le diera la razón al empresario. Ahora eso está más claro. Pero al desaparecer el despido exprés hay más incertidumbre y se incentiva la negociación”, explica Alberto Nadal, de CEOE. “Con la definición del despido económico, la tutela judicial queda muy reducida”, discrepa José Luis Aramburu, de UGT.

Con el decreto, los trabajadores recurrirán más

En la misma línea se expresa un magistrado con experiencia en temas laborales: “Nos han convertido en notarios. Ahora, si los ingresos de una empresa caen un euro, pese a que tenga ganancias y sea sólida, no se diferenciará de otra en pérdidas. Ya no podemos entrar en si la decisión es razonable o no”.

La supresión del despido exprés, que casi no dejaba margen para recurrir a los tribunales, hace pensar que la reforma laboral va a llevar más litigios a los tribunales. “Sí, porque va a haber más despidos”, explica otro juez de lo social. Abunda en esta tesis Martín Godino, del bufete laboralista Sagardoy Abogados: “Va a subir la judicialización, sobre todo porque se suprime la autorización administrativa de los despidos colectivos”. Precisamente, este cambio lleva a todas las fuentes consultadas para este reportaje a opinar que, a partir de ahora, el despido colectivo con 20 días de indemnización será la opción mayoritaria a la hora de rescindir contratos.

“El tiempo corre

Discrepa de que este cambio y los otros supongan una mayor judicialización, el primer juez —ambos piden el anonimato— discrepa: “Sí que la habrá en la primera fase, pero luego cuando la gente vea que no hay mucho que hacer, no va a ser una opción”.

Antonio Vega recurrirá a los tribunales para pedir más indemnización. “Lo estoy preparando, tengo 20 días laborales”, explica. Quiere que se reconozca la improcedencia de su despido. Si lo logra, su indemnización se calculará a razón de 45 días por año trabajado hasta el día que se aprobó la reforma; para el resto del tiempo (dos días) se calculará a razón de 33 días por año.

Pero Antonio ya no podrá recibir los salarios de tramitación (el dinero que antes cobraba un trabajador cuando era despedido hasta que el juez fallaba en su favor). O, al menos, no estará en su mano. Solo los podrá recibir si la empresa pierde la demanda y acepta que Antonio vuelva a su antiguo puesto.

Este cambio es uno de los elementos que más atacan los detractores de la reforma para acusarla de desequilibrada. “Es uno de los mecanismos más perjudiciales para los trabajadores de la reforma”, analiza Aramburu, de UGT.

“Los salarios de tramitación desaparecen porque se acaba el despido exprés. Antes el tiempo jugaba en favor del trabajador, de ahí el despido exprés. Ahora, en cambio, juega en favor de los empresarios”, admite Godino, que forma parte de un bufete que suele defender a las empresas.

La desaparición de los salarios de tramitación es uno de los elementos que abaratarán las indemnizaciones por despido. Y además evitará que trabajadores y empresarios negocien y lleguen a un pacto antes de acabar en los tribunales. Así lo defiende el laboralista Luis Zumalacárregui, muy crítico con la reforma.

“Se puede pronosticar que las mediaciones van a bajar. Si es más fácil despedir por la clarificación de las causas del despido y no hay salario de tramitación, el empresario puede estar seguro de que va a ganar. ¿Para qué va a negociar?”, se interroga Julián Lobete, inspector de Trabajo y exdirector del Servicio de Mediación de Arbitraje.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.

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