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La crisis del euro

El Santander es el único banco español considerado como 'demasiado grande para caer'

El G-20 retrasa a 2016 el recargo de capital a las entidades sistémicas. -Los incluidos en este grupo deberán reforzar su capital entre el 1% y el 3,5%

El G-20 ha aprobado en su sexta cumbre, que acaba de finalizar, el régimen especial para las grandes entidades, aquellas cuya quiebra puede arrastrar al resto del sistema financiero. La regulación, limitada por ahora a los bancos, incorpora, como estaba previsto, recargos de capital adicionales sobre lo ya decidido en los acuerdos de Basilea III. La novedad es que la aplicación de esos requisitos adicionales se retrasa a 2016. En la lista de grandes entidades, que ha publicado hoy por primera vez el Consejo de Estabilidad Financiera solo se incluye un banco español, el Santander.

Los acuerdos de Basilea III obligan a todos los bancos a elevar su capital de máxima calidad del 2,5% al 7% de sus activos ponderados por riego, de forma gradual, en un periodo que va de 2013 a 2019. A ese requisito, los grandes bancos tendrán que sumar otro más: un recargo de capital de entre el 1% y el 2,5% de los activos, según el tamaño y las conexiones de cada entidad. Y podrá llegar al 3,5% a criterio de los supervisores nacionales.

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La novedad es que esos requisitos adicionales no se exigirán a la gran banca desde 2013, sino desde 2016. Y que la lista suministrada hoy solo da una pista sobre a qué entidades afectará: la lista se revisará cada año, y la decisión definitiva se tomará en noviembre de 2014, con los datos del ejercicio anterior. La justificación dada por el Consejo de Estabilidad Financiera es que los bancos necesitan tiempo para compilar datos y establecer sus planes de captación de capital. Será en 2014 también cuando se establezca el nivel de recargo (entre el 1% y el 2,5%) para cada banco.

El Consejo quiere también que, antes de finales de 2012, las legislaciones nacionales se adapten para dar más poder a las autoridades de liquidación de bancos y para exigir a las grandes entidades nuevos planes de liquidación en caso de intervención. Para evitar costes a los contribuyentes, el Consejo establece como criterio general que serán los accionistas primero, y luego los inversores que tengan deuda subordinada y otro tipo de deuda a largo plazo, los que correrán con los gastos de los programas de recapitalización, ya sea devaluando el valor de las acciones o convirtiendo deuda en acciones.

El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, durante la Junta General del Grupo Santander
El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, durante la Junta General del Grupo SantanderEFE

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