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Los afectados por la huelga de El Prat podrán consultar en el BOE las indemnizaciones

El Gobierno publica los vuelos cancelados con derecho a reclamación

Los ciudadanos afectados por las más de quinientas cancelaciones de vuelos el pasado 28 de julio en el aeropuerto barcelonés de El Prat, escenario de una huelga salvaje del personal de tierra de Iberia, que interrumpíó sin previo aviso y durante 11 horas su trabajo y ocupó las pistas impidiendo el tráfico de aeronaves, podrán saber si tienen derecho a reclamar dinero por dichos retrasos consultando el Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).

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El Gobierno publica hoy en el BOE los vuelos cancelados cuyos pasajeros podrán acogerse a las indemnizaciones acordadas en el último Consejo de Ministros. En base a ese acuerdo, las indemnizaciones las adelantará Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA, que exigirá "el abono de las cantidades correspondientes" a "los responsables de la situación creada". AENA se encargará de "facilitar el ejercicio de las reclamaciones" de los pasajeros afectados por la suspensión de actividades en El Prat el 28 de julio, indica el acuerdo, y añade que la entidad ejercerá "todas las medidas legales a su disposición" para hacer efectivos los derechos y acciones que le hayan cedido los pasajeros.

250 euros por vuelo cancelado

Hasta finales de la semana pasada, el Ministerio de Fomento había tramitado 20.623 reclamaciones mediante el dispositivo especial establecido desde el 1 de agosto, pero ello no implica que todos estos afectados quieran acogerse a las indemnizaciones.

Los afectados pueden ceder sus derechos y acciones a AENA para su ejercicio "ante quien se estime responsable", a cambio de recibir de AENA, tras unas comprobaciones sumarias, las cantidades que se establecen en el acuerdo, que ascienden a 250 euros por cancelación de vuelo y 180 euros por pérdida o destrucción del equipaje facturado, "siempre que se hubiera formulado la pertinente reclamación".

Los pasajeros interesados deberán presentar ante AENA una oferta de cesión de sus derechos y acciones en el plazo de un mes desde la publicación del presente acuerdo. Asimismo, AENA remitirá un ejemplar del documento normalizado de oferta de cesión a todos aquellos pasajeros que hayan formulado reclamación ante dicha entidad pública o ante el Ministerio de Fomento.

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