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Avanzamos hacia la dignificación del SMI

El incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anunciado por el Gobierno, y que será sometido a consulta de los agentes sociales, es una buena noticia porque restaura el poder adquisitivo perdido por sus perceptores durante el Gobierno del PP. Se hace justicia, de esta forma, con los colectivos más desfavorecidos: aquellos trabajadores que no tienen un convenio colectivo de aplicación, en particular jóvenes y mujeres, y los perceptores de subsidio por desempleo, que han sufrido una injusta pérdida de poder de compra durante una etapa de crecimiento económico como la vivida.

La existencia de un salario mínimo radica en la necesidad de garantizar a los trabajadores y trabajadoras una renta que les permita satisfacer sus necesidades de manera adecuada. En este sentido, no es un salario más, sino que pretende establecer o mantener niveles de retribución mínimos en aquellas actividades donde no existe un régimen eficaz para la fijación de salarios y en las que éstos son excepcionalmente bajos. Así se establece en el artículo 1º del Convenio nº 26 de la Organización Internacional de Trabajo, ratificado por España en 1929. Esta garantía está recogida en el Estatuto de los Trabajadores y se configura en el derecho laboral español como una obligación de los poderes públicos para no permitir salarios por debajo de un umbral.

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Esta renta laboral básica, que constituye la retribución directa del trabajo de más de un millón de personas, se situará en 490 euros mensuales (aumenta el 6,6%). El proceso de revalorización progresiva continuará hasta los 600 euros mensuales, cifra solicitada reiteradamente por UGT y asumida por el actual Gobierno, y que permitiría que la cuantía del SMI esté en el entorno de la recomendación establecida en la Carta Social Europea, que fija como retribución salarial mínima una cuantía de al menos el 60% del salario medio en términos netos.

Este importante avance precisa además dos medidas complementarias: sustituir el SMI como referente de políticas ajenas al ámbito laboral que poseen repercusión presupuestaria, y que están lastrando la evolución de esta renta laboral mínima; y establecer un mecanismo de revisión automática del SMI para, al menos, garantizar su poder de compra frente a las desviaciones de los precios sobre las previsiones, una vez alcanzado el nivel mínimo recomendado por la Carta Social. Sin embargo, queda mucho camino por andar en esta materia para alcanzar los niveles de otros países de la Unión Europea que poseen un salario mínimo como parte de su regulación de renta.

La dignificación del SMI, que se concretará más en el proceso de diálogo propuesto por el Gobierno con los interlocutores sociales, es una forma de converger socialmente con Europa y forma parte esencial del cambio del modelo productivo que precisa nuestro país para elevar sus niveles de competitividad y de crecimiento sostenido, puesto que revaloriza la importancia del capital humano y de los factores que aportan más valor añadido a la producción frente al recurso engañoso y empobrecedor a la rebaja persistente de los costes laborales.

Antonio Ferrer es secretario confederal de Acción Sindical de UGT.

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